类别 全部 - elección - defensor - funciones - inspecciones

作者:Lorena Yulieth León Arguelles 3 年以前

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DEFENSORIA DE COLOMBIA

La Defensoría de Colombia es un órgano constitucional establecido por la Constitución Política de Colombia de 1991. Sus funciones incluyen presentar proyectos de ley, realizar visitas e inspecciones y orientar a los ciudadanos sobre sus derechos.

DEFENSORIA DE COLOMBIA

Topic flotante

Fue reestructurada en 1934

Realizar visitas, inspecciones y actuaciones

Velar por la efectividad del derecho de petición.

Orientar a los ciudadanos.

Recibir quejas y reclamos.

Velar y cumplir la constitución, reglas.

las demás que determine la ley

rendir informes al congreso

divulgar y recomendar los derechos humanos

presentar proyectos de ley

interponer acciones en asuntos relacionados con su competencia

invocar los derechos de "habeas corpus" e interponer las acciones de tutela

Orientar e instruir a los habitantes colombianos

velar por la protección, defensa, promoción, divulgación y ejercicio de los derechos humanos

Es órgano constitucional creado por la constitución política de Colombia del 1991, capitulo II del ministerio publico

DEFENSORIA DE COLOMBIA

PERSONERIA

PROCESO DE ELECCION
Para ser elegido se requiere:

Titulos de abogado y posgrado

La competencia para la elección es del concejo municipal

La elección debe cumplir con los siguientes parámetros:

Identificación de los candidatos

Debe responder a criterios objetivos

Valoración de experiencia

Debe ser abierto

Según el Artículo 35 de la Ley 1551 de 2012 los personeros son elegidos “para períodos institucionales de cuatro años, dentro de los diez (10) primeros días del mes de enero del año en que inicia su período constitucional”

Es un centro del ministerio que ejerce, vigila y controla.
Entre sus funciones encontramos las siguientes:

directivos

vicedefensor (Luis Andrés fajardo) secretaria general (Altus Alejandro Baquero rueda)
direcciones nacionales
Promoción y divulgación de los derechos humanos

Subtopic

defensor (Carlos Ernesto Camargo Assis)

Funciones (articulo 282)