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по Jorge Yovera 3 лет назад

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Procedimiento ordinario

El proceso penal se puede iniciar de varias formas dependiendo del tipo de delito. En caso de delitos de acción privada, el procedimiento puede comenzar mediante una querella presentada por la parte lesionada ante un juez de control, o mediante una denuncia que puede ser verbal o escrita y presentada ante un fiscal del Ministerio Público o un órgano de policía de investigaciones penales.

Procedimiento ordinario

Nociones generales

Persecución ART 20 COPP

Nadie debe ser perseguido penalmente más de una vez por el mismo hecho
a menos qué

la primera haya sido desestimada por defectos en su promoción o su ejercicio.

la primera persecución haya intentada ante un tribunal incompetente

cosa juzgada ART 21 COPP

una vez concluido el proceso, no podrá ser reabierto
excepto

en caso de revisión conforme a lo previsto en el COPP. ART 21 COPP

finalidad

establecer la verdad de los hechos
por medio de

las vías jurídicas y la justicia en la aplicación del derecho. ART 13 COPP

Debe ser

público ART 15 COPP
salvo excepciones que establezca la ley
Oral ART 14 COPP
y solo se apreciarán las pruebas incorporadas en la audiencia conforme a las disposiciones del COPP.
Breve ART 17 COPP
debe concluir en la menor cantidad de días consecutivos posibles

Fase de investigación

luego de la investigación, el M.P procederá a

solicitar el sobreseimiento de la causa
lo cual

produce efecto de cosa juzgada

da fin al proceso

decretar el archivo de las actuaciones

la investigación resulte insuficiente para acusar

297 COPP

acusar ante el juez de control
cuando

tenga fundamento que establezca la responsabilidad penal del imputado

308 COPP

investigación policial ART 266 COPP

en caso de se recibida por las autoridades policiales, estas deben
practicar únicamente las diligencias necesarias y urgentes

dirigidas a

el aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con la perpetración

identificar y ubicar a los autores y demás partícipes del hecho punible

comunicarlo al MP en las siguiente 12 horas

Investigación del M. P ART 265 - 282 COPP

inicia cuando
El MP tiene conocimiento por cualquier medio, de la perpetración de un hecho punible

dispondrá que se practiquen las diligencias necesarias para

hacer constar

la comisión del hecho

el aseguramiento de

los objetos activos y pasivos relacionados con la perpetración.

investigar

la responsabilidad de los autores y demás participes

las circunstancias que puedan influir en su calificación

alcance 263 COPP

todos los hechos que ayuden a
fundar la inculpación del imputado

asi como aquellos

que ayuden a exculparlo

por lo tanto

constituye una garantía para el correcto funcionamiento del proceso

objeto 262 COPP

preparación del juicio oral y público
mediante

recolección de los elementos que permitan

fundar la acusación del Fiscal y la defensa del imputado

la investigación de la verdad

Inicio del proceso

por querella ART 274 COPP

presentada por escrito

el juez o jueza de control

interpuesta por

la parte lesionada

por denuncia ART 267 COPP

se puede interponer
verbalmente o por escrito

ante

un Fiscal del Ministerio Público o un órgano de policía de investigaciones penales.

cuando son delitos de acción privada
en esta

el denunciante no forma parte del proceso.

de oficio ART 265 - 266 COPP

Corresponde a
El Ministerio público

Cuando son

Delitos de acción pública

Procedimiento ordinario

Datos del alumno

SAIA F Lapso B
Derecho Procesal Penal
Prof: Eleana Santander
Br: Jorge Yovera