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LAS FF.AA Y LA GARANTIA DE LOS DERECHOS COLECTIVOS DE LOS PUEBLOS Y NACIONALIDADES DEL ECUADOR.

La Constitución de Ecuador del 2008 y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas establecen que no debe haber actividades militares en territorios indígenas, salvo que exista una amenaza justificada para el país o se cuente con un acuerdo mutuo con los pueblos afectados.

LAS FF.AA Y LA GARANTIA DE LOS
DERECHOS COLECTIVOS DE LOS 
PUEBLOS Y NACIONALIDADES DEL
ECUADOR.

LAS FF.AA Y LA GARANTIA DE LOS DERECHOS COLECTIVOS DE LOS PUEBLOS Y NACIONALIDADES DEL ECUADOR.

PUEBLOS Y NACIONALIDADES INDIGENAS DEL ECUADOR

NACIONALIDADES INDIGENAS DE LA AMAZONIA
22. Shuar 23. Achuar 24. Shiuwiar 25. Zápara 26. Sionas 27. Secoyas 28. Cofanes 29. Andora 30. Huaroni
PUEBLOS INDIGENAS DE LA SIERRA
8. Pasto 9. Karanki 10. Natabuela 11. Otavalo 12. Kayambi 13. Kitukara 14. Panzaleo 15. Chibuleo 16. Tomabela 17. Salasaka 18. Waranka 19. Puruhá 20. Kañari 21. Saraguro
NACIONALIDADES INDIGENAS DE LA SIERRA
7. KICHWA
NACIONALIDADES INDIGENAS DE LA COSTA
3. ÉPERA 4. CHACHIS 5. AWÁ 6. TSACHILA
PUEBLOS INDIGENAS DE LACOSTA
1 HUANCAVILCA 2 MANTA

Constitución 2008 Art. 57 numeral 20

Declaración de las NACIONES UNIDAS Derechos de los Pueblos Indigenas declara en el Art. 30

O acuerdo mutuo con los interazados solicitud de los pueblos.

A menos que justifique una amaneza para el pais

Subtopic

NO actividad militar en tierras o territorio de los pueblos Indigenas

PUEBLOS INDIGENAS

RESEÑA HISTORICA
El Estado incásico se desarrolló entre el siglo XII y mediados del siglo XVII. El llamado Tahuantinsuyo, se extendió desde el río Angasmayo, al sur de la actual Colombia, hasta Tucumán y el río Maule, incluyendo lo que hoy es Ecuador, Perú y buena parte de Bolivia.

MARCO JURIDICO

DECRETO NRO 433 DE 21 JUNIO 2007
Entregó a las FF.AA. el control de Espacios Geográficos Nacionales Reservados, puede llevar a que zonas de control militar coincidan con el control que ejercen pueblos indígenas y/o afro- ecuatorianos sobre sus territorios. (FRONTERA)
En el Art.1 reconoce al Ecuador como un Estado intercultural, plurinacional y laico y en los artículos 56, 57, 58, 59 y 60
identidad, tradiciones ancestrales, igualdad y no discriminación, reparación y resarcimiento, conservación de tierras comunitarias, posesión de tierras y territorios ancestrales

DERECHOS COLECTIVOS

Papel de las FF.AA
Grupos que requieren de un tratamiento especial (mujer, pueblos indígenas y afrodescendientes, niños y niñas etc.)