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decreto 1290

Los derechos y deberes de los padres y estudiantes en el ámbito educativo están claramente definidos, garantizando una participación activa y un seguimiento constante del proceso de evaluación y aprendizaje.

decreto 1290

Art.18 Graduación

Los estudiantes que culminen la Educación Media pueden obtener el título de bachiller académico o Técnico de acuerdo a la Ley y las normas.

Art.17. Constancias de desempeño

A solicitud del padre de familia debe emitir constancia de desempeño de cada grado cursado. Se consigna resultados de los informes periódicos.

Art.16. Registro Escolar

Los Establecimientos educativos deben llevar un registro actualizado de los estudiantes que contengan datos, informe de valoración por grados y estado de la evaluación que incluyan novedades académicas.

Art. 14-15. Derechos y deberes de los padres de familia

Conocer y acompañar el SIEE

Recibir informes y respuestas a inquietudes
Participar a través del Gobierno Escolar

Realizar el seguimiento permanente al proceso evaluativo de su hijo.

Art.12 y 13. Derechos y deberes de los estudiantes.

Deberes

1. Cumplir con los compromisos académicos, convivenciales y con la superación de debilidades

Derechos

1. Ser evaluado de manera integral
2. Conocer el SIE de los estudiantes

3. Conocer los resultados de evaluación y recibir respuesta ante sus quejas y sugerencias

4. Acompañamiento permanente en su proceso de aprendizaje

decreto 1290 de Abril 16 de 2009

Art.11 Responsabilidad del establecimiento educativo

Atender los requerimientos de los padres de familia y los estudiantes y programar reuniones.
Consejo Directivo servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que presentan padres y estudiantes.

Analizar informes de evaluación, identificar lo que afecta el desempeño del estudiante e introducir modificaciones necesarias para mejorar

Presentar a las pruebas censales del Icfes la totalidad de los estudiantes matriculados.

Art.10 Responsabilidad de las secretarias de educación

Analizar, orientar, acompañar y resolver reclamos que se presenten con respecto a la movilidad de estudiantes entre establecimientos educativos.

Art.9 Responsabilidad del MEN

Evaluación de la efectividad de los diferentes sistemas institucionales de evaluación de los estudiantes
Publicar información clara de las pruebas nacionales e internacionales para el mejoramiento de la calidad de la educación

Art.8. Creación del Sistema Institucional de Evaluación de estudiantes

1. Definir el Sistema de Evaluación de Estudiantes
2. Socialización del sistema de evaluación

3. Incorporar en el SICE necesidades de los estudiantes y comunidad educativa

4. Divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamaciones del SIEE.

5. Informar a los nuevos integrantes de la comunidad educativa sobre el SIEE

Art.7 Promoción anticipada de grado

Durante el primer periodo C.A recomendará ante el C.D la decisión y será consignada en el acta.
El estudiante que demuestre un rendimiento académico superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa.

Art.6 Promoción escolar

El establecimiento educativo definirá el % de asistencia que incide en la promoción.

Art.5 Escala de Valoración Nacional

Bajo
Básico
Alto
Superior

Art.4 Definición del Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes

Debe contener criterios de evaluación y promoción
Las estrategias de valoración de los desempeños de los estudiantes.

Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños

Estrategias de apoyo para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes

La escala de valoración institucional

Los procesos de autoevaluación de los estudiantes

Estructura de los informes que sean claros, periodicidad de entrega de informes a los padres de familia.

Mecanismos de participación de la comunidad en la construcción del sistema de evaluación institucional.

Art.3 Propósitos de la Evaluación Institucional de los Estudiantes

1. Identificar características personales, ritmos de desarrollo, estilos de aprendizaje del estudiante para valorar los avances.
2. Proporcionar información básica para reorientar procesos educativos.

3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para superar dificultades

4. Determinar la promoción de estudiantes

5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.

Art.2 Objeto del decreto

Reglamentar la evaluación del aprendizaje y promoción en niveles de educación básica y media.

Art.1. Evaluación de los estudiantes

Internacional: Estado promoverá participación estudiantes en pruebas frente a estandares internacionales.
Institucional:Evaluaciones hechas por las instituciones
Nacional: MEN e ICFES realizaron pruebas censales, monitoreo de la calidad de los I.E con fundamentos en los estandares básicos.