por UNIVERSIDAD SERGIO ARBOLEDA 4 anos atrás
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por Arely Cortes
por UNIVERSIDAD SERGIO ARBOLEDA
por Marian Suarez
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En un proceso laboral de única instancia es necesario recordar que:
A. No se requerirá demanda escrita. Si se presenta de manera verbal, se dejará acta en la que consten:
B. Habrá una audiencia en la que el juez oirá a las partes y dará aplicación a lo previsto en el artículo 77 en lo pertinente. Si fracasare la conciliación, el juez examinará los testigos que presenten las partes y se enterará de las demás pruebas y de las razones que aduzcan. Clausurado el debate, el juez fallará en el acto, motivando su decisión, contra la cual no procede recurso alguno.
Si el demandado presentare demanda de reconvención, el juez, si fuere competente, lo oirá y decidirá simultáneamente con la demanda principal.
1. Describir el proceso ordinario laboral y administrativo laboral
2. Diferenciar el proceso administrativo laboral del proceso ordinario laboral.
3. Identificar los medios probatorios existentes y la pertinencia de su utilización.
4. Adquirir buenas prácticas para ejercer la defensa de la entidad cuando es demandada en cualquiera de estos procesos.
Describir y caracterizar el proceso administrativo laboral y el proceso ordinario laboral.