Kategorier: Alle - presupuesto - inclusión - educación - estudiantes

av FLERIDA AMANDA UNTUÑA ESTRELLA 2 år siden

1126

LEY REFORMATORIA A LA LEY ORGANICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL

La reforma a la Ley Orgánica de Educación Intercultural introduce varios cambios significativos. Entre ellos, destaca la designación de Coordinantes Zonales o Subsecretarios de Educación mediante concursos de méritos y oposición.

LEY REFORMATORIA A LA LEY ORGANICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL

LEY REFORMATORIA A LA LEY ORGANICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL

CAMBIOS Y DERECHOS

Los Coordinantes Zonales o Subsecretarios de Educación, serán designados mediante concurso de méritos y oposición.
Convocatoria previa al inicio de cada año lectivo a concursos de méritos y oposición para eliminar la precarización laboral.
Se recupera la recategorización automática, traslado e intercambio voluntario de puestos entre docentes; derecho a comisión de servicios con sueldo para profesionalización y estudios de cuarto nivel dentro o fuera del país y permisos para capacitación docentes.
En el caso de los docentes, se garantiza acceso, de manera gratuita y financiada por el Estado, a programas de desarrollo profesional, capacitación, profesionalización, formación continua, entre otros
Respeto a la organización estudiantil sin autorización previa, dentro y fuera de los establecimientos educativos; el derecho a la resistencia frente abusos de poder; mayor participación en el Consejo Nacional de Educación
La inclusión de la obligatoriedad de la debida diligencia, mecanismos de prevención, un plan nacional para la erradicación de la violencia en el contexto educativo
Para los estudiantes se alcanzó educación libre de acoso y violencia sexual dentro de las instituciones
La inclusión de un enfoque en derechos humanos, fortalecimiento del sistema de Educación Intercultural Bilingüe y etnoeducación.
La supresión de los circuitos educativos, la obligatoriedad de que se entregue el carné estudiantil y se respete el medio pasaje,
Los saldos no devengados serán trasladados al siguiente año fiscal.
En la reforma se asegura presupuesto para educación correspondiente al 6% del PIB.

REFORMA A LA LOEI

La reforma a la LOEI demandó un cambio en los contenidos de educación, inicial, básica y en el bachillerato, hacia uno con contenidos especializados, que deje atrás el Bachillerado General Unificado.
La Ley Orgánica Reformatoria a la LOEI se publicó́ en el primer suplemento del Registro Oficial No. 434, el 19 de abril de 2021.
El Legislativo aprobó el proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI), donde Se apuesta a una educación de calidad e incluyente, apegada a la realidad nacional, en favor de niños, niñas y adolescentes.

INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICO VIDA NUEVA

AUTOR: UNTUÑA ESTRELLA FLERIDA AMANDA
REFORMA CURRICULAR 2222581

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

https://educacion.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2021/05/Ley-Organica-Reformatoria-a-la-Ley-Organica-de-Educacion-Intercultural-Registro-Oficial.pdf
Del Pozo, H. (2021). Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Educación Intercultural. Ministerio de Educación.

MODIFICACIONES A LA LEY 80%

Se acreditará derecho vitalicio a jubilación de las y los docentes del Sistema Nacional de Educación cuando la o el afiliado haya cumplido un mínimo de trescientos imposiciones mensuales sin límite de edad.
La Autoridad Educativa Nacional elaborará e iniciará la ejecución de un plan de profesionalización para los bachilleres que se encuentren en la carrera docente pública.
La Autoridad Nacional de Educación y la Autoridad Nacional de las Finanzas Públicas establecerán los mecanismos y el cronograma respectivo para el pago de los valores adeudados de los años 2019 y 2020 a los docentes que han sido recategorizados.
En un plazo de 180 días contados a partir de la publicación de esta ley en el Registro Oficial, las y los docentes que no se encuentren escalafonados bajo ninguna de las categorías dispuestas por esta Ley por no contar con título de tercer nivel, pero cuentan con un nombramiento definitivo deberán ser categorizados en la escala J con la remuneración que les corresponda de acuerdo a la categoría.
Dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de esta Ley, se deben reincorporar a los docentes que fueron despedidos o desvinculados durante la emergencia sanitaria a partir de la declaratoria de estado de excepción, decretada por el gobierno nacional en todo el territorio por los efectos derivados del COVID-19.
La homologación salarial de la presente reforma a la que tengan derecho los docentes, será realizada y cancelada en el plazo de noventa días.
La escala salarial de los docentes será determinada por la autoridad competente en materia de remuneraciones del sector en coordinación con la Autoridad Educativa Naciona
La remuneración de las y los profesionales de la educación pública será justa y equitativa con relación a sus funciones, para lo que se valorará su profesionalización, capacitación, responsabilidad y experiencia.
Se incorpora el teletrabajo docente, considerado como la prestación del servicio profesional del docente en instituciones públicas, municipales, fiscomisionales y particulares de manera no presencial en las jornadas ordinarias o especiales de trabajo fuera de las instalaciones que habitualmente desarrolla sus actividades laborales.
Igualdad de oportunidades y de trato: Se garantizan entornos de aprendizaje accesibles y asequibles material y económicamente a todas las niñas, niños y adolescentes.
Se incorporan además como principios rectores: el acceso universal a la educación, garantizando el acceso universal, integrador y equitativo a una educación de calidad para niñas, niños, adolescentes y jóvenes.
Se establece un Sistema Nacional de Educación con una visión intercultural y plurinacional acorde con la diversidad geográfica, cultural y lingüística del país y con total respeto a los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades.