Categorieën: Alle - incapacidad - imss - cotización - salario

door VICTOR SALGADO 11 jaren geleden

3427

"IMSS VS ISSSTE "

En México, existen dos principales sistemas de seguridad social: el IMSS y el ISSSTE. El IMSS atiende tanto a trabajadores del sector privado como a sus beneficiarios, mientras que el ISSSTE se enfoca en los empleados del sector público.

"IMSS VS ISSSTE " Alumno: Victor Miguel Salgado Sánchez

ISSSTE

Serviudores publicos de la administracion publica federal, congreso de la union, poder judicial federal.
son pagadas por el trabajador, la dependencia o entidad a la cual le preste sus servicios y el Gobierno Federal.
Pago incapacidad:
el ISSSTE otorga al trabajador incapacitado una licencia de 15 a 60 días con goce de sueldo íntegro, o la mitad de éste, según el tiempo que tenga al servicio del Estado.
Prestaciones por maternidad:
ISSSTE ampara a la hija del trabajador o pensionado, soltera y menor de 18 años que dependa económicamente de éste.
* Seguros de: * Salud * Riesgos de Trabajo * Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, e * Invalidez y Vida * prestaciones y servicios de: * préstamos: * hipotecarios y financiamiento en general para vivienda * personales ordinarios, especiales, para adquisición de bienes de consumo duradero y extraordinarios para damnificados por desastres naturales, y * servicios sociales y culturales
figura de la compensación
sí está permitida para efectos del ISSSTE sólo cuando las Dependencias y Entidades realicen el pago de cuotas y aportaciones en exceso, excepto tratándose del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez pues el excedente no se puede revertir.
en cambio el entero de las cuotas, aportaciones y descuentos de los trabajadores sujetos a la Ley del ISSSTE es por quincenas vencidas
Bases de cotizacion
para los trabajadores del Estado es de 10 veces el salario mínimo mensual vigente en el DF.
Salario base de cotizacion
se toma en cuenta el sueldo básico de acuerdo con el tabulador regional señalado para cada puesto.

IMSS

Pensión por Vejez
Al igual que para efectos del Seguro Social, los trabajadores al servicio del Estado deberán tener 65 años de edad y 25 años de cotización reconocidos ante el ISSSTE a efecto de que puedan solicitar y recibir su pensión por vejez (arts. 89 Ley ISSSTE y 162 LSS).
Pensión por Cesantía en Edad Avanzada
Los requisitos que debe reunir el trabajador afiliado al ISSSTE son básicamente los mismos exigidos en la LSS, esto es, para tener derecho al otorgamiento de una pensión por cesantía en edad avanzada el interesado debe tener 60 años de edad, 25 años de cotización reconocidos ante el Instituto y estar privado de una relación laboral (arts. 84 Ley ISSSTE y 154 LSS).
Sujetos:
trabajadores, miembros de sociedades cooperativas, campesinos, no asalariados.
Las cuotas:
las cuotas son cubiertas por el trabajador, patrón y Gobierno Federal
Pago de incapacidad
paga al incapacitado el equivalente al 60% de su último salario base de cotización (SBC) a partir del cuarto día de su incapacidad, siempre y cuando tenga cubiertas por lo menos cuatro cotizaciones semanales anteriores a la enfermedad
Regimen obligatorio y violuntario:
* Seguro Social, los Seguros de: * Enfermedades y Maternidad * Riesgos de Trabajo * Invalidez y Vida * Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y * Guarderías y Prestaciones Sociales
Cuotas obrero-patronales
se causan por mensualidades vencidas,
Bases de ciotizacion
25 veces el salario mínimo general del DF,
Salario base de cotización
se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.