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da Yudalith Dorante manca 1 anno

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Noción de derecho penal

El derecho penal se enfoca en la regulación de conductas y la imposición de sanciones a quienes las transgreden. Las normas penales pueden clasificarse según su naturaleza y el tipo de sanción que prescriben.

 Noción de derecho penal

Noción de derecho penal

Las Fuentes del Derecho Penal
valor

La Costumbre: La costumbre jurídica es la reiteración de un determinado comportamiento por parte de la mayoría de un grupo social practicado con la convicción de que es jurídicamente obligatorio.

La Jurisprudencia : Es el conjunto de decisiones emanadas de los Tribunales de Justicia con aplicación reiterada, resolviendo casos no previstos por las leyes de un modo claro y preciso.

La Doctrina : Es el conjunto de opiniones emitidas en monografías, tratados, conferencias, entre otros; por los juristas especializados en Derecho Penal.

estamos refiriendo, sin duda, al origen del mismo, de manera que jurídicamente fuente viene a ser una expresión de doble interpretación

Fuentes de Producción: EL ESTADO: Sin duda alguna las normas penales son expresión de la voluntad única y exclusiva del Estado. B. Fuentes de Conocimiento : suelen dividirse en mediatas e inmediatas

Inmediata : Son aquellas manifestaciones que por si mismas engendran normas jurídicas penales , generales y abstractas. La única fuente inmediata donde rige el principio de legalidad es la ley penal .

Mediata : Son aquellas manifestaciones que no crean por si mismas normas jurídicas penales, generales y abstractas. y s on las siguinetes: la jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del derecho.

a. Fuente de Producción del Derecho Penal, que se refiere a la autoridad encargada de dictar las normas jurídicas penales, voluntad que dicta la norma vigente en un lugar y tiempo determinado.

Derecho Penal como rama del Derecho Público —pues sólo el Estado puede establecer las leyes que determinen los delitos y el gobernado se hallará en una situación de subordinación frente a aquél— interno de un país, y que guarda relaciones con otras ramas de la enciclopedia jurídica:
El Derecho Procesal Penal 2. El Derecho Internacional Público 3. El Derecho Administrativo 4. El Derecho Civil 5. El Derecho Mercantil
Difinicion
Elementos del Derecho Penal

Escuela Positivista

delito, la sanción penal y el delincuente

la Escuela Clásica

El delito y la sanción penal.

DERECHO PENAL SUBJETIVO:

Este derecho penal objetivo se clasifica a su vez en : Derecho penal sustantivo o material: Conjunto de normas jurídicas que han sido creadas por el Estado .

DERECHO PENAL OBJETIVO:

Es la facultad, y al mismo tiempo el deber, que tiene el Estado, y sólo él, de definir los delitos, de determinar cuáles actos son delictivos, de establecer cuales son las sanciones aplicables a los delincuentes, y en el caso de que una persona perpetre efectivamente un delito la facultad, la potestad, de aplicar la sanción prevista en la ley penal a esa persona.

Derecho Penal, es el conjunto de normas jurídicas establecidas por el Estado mediante las cuales se describen los delitos y se establecen las penas, o más ampliamente, las sanciones penales aplicables a los delincuentes.

Principios básicos

Fase de aplicación Personal o Validez Personal de la Ley Penal.
Excepciones al principio de igualdad:

personas quedan exentas de la ley a pesar de haber realizado un acto punible, la función que desempeña y en atención a la protección de tales funciones en beneficio de la comunidad y salvaguarda del orden público.

Esta no es una excepción como tal sino un privilegio que establece el ordenamiento jurídico, es decir en presitende de la Republica no se encuetra exentos de sus reponsabilidades con la ley

El Código procesal penal, le da el privilegio a los funcionarios públicos por lo que respecta a su declaración un tribunal, el privilegio de declarar en el lugar de trabajo o en domicilio.

Fase de aplicación Espacial o Validez Espacial de la Ley Penal.
Principios Aplicables

. Principio de la Territorialidad 2. Principio de la Nacionalidad o Personalidad 3. Principio real de defensa de protección 4. Principio de la universalidad o de la justicia mundial

Fase de aplicación Temporal o Validez Temporal de la Ley Penal.
Derogación

Las leyes no pueden derogarse sino por otras leyes; y no vale alegar contra su observancia el desuso, ni la costumbre o práctica en contrario, por antiguos y universales que sean”.

Entrada en Vigencia de la Ley Penal

En el Derecho Venezolano, la ley penal, como todas las leyes, “es obligatoria desde su publicación en Gaceta Oficial, o desde la fecha posterior que ella misma indique”, según dispone el Art. 1 Código Civil Venezolano.

Norma penal.

Principio de Legalidad
Se encuentra establecido en el Art. 1 Código Penal Venezolano: “Nadie podrá ser castigado por un hecho que no estuviere expresamente previsto como punible por la ley, ni con penas que ella no hubiere establecido previamente…".
Clasificación
clasifica de acuerdo a su naturaleza y de acuerdo a la sanción.

Sancion

Leyes Penales Indeterminadas

son aquellas que únicamente describen ciertos actos como delitos y no establecen ni la especie ni la cuantía, dejando que sea el Juez quien aplique la pena, violando así el principio de legalidad de los delitos y las penas.

Leyes Penales Relativamente

establecen la clase de pena: Presidio, Prisión y Arresto, pero en cuanto a la duración de la cuantía no la fijan en forma inflexible o invariable

Teniendo en cuenta las circunstancias atenuantes y agravantes del delito.

Leyes Penales Absolutamente

establecen las clases de pena: Presidio, Prisión y Arresto. Y además fijan la duración de la pena de manera absoluta e invariable.

Naturaleza

Leyes Penales Especiales:

finalidad de tipificar como delitos, ciertos actos así como establecer las penas aplicables a las personas que ejecuten esos actos

Ley Penal fundamental o por excelencia

codigo Penal

Ley Penal
caracteristica

Exclusiva

Ineludible

Obligatoria

Liberal

Caracter
VALORATIVO
IMPERATIVO
Estructura
EL PRECEPTO

Constituye el imperativo de una determinada conducta, es la prescripción de hacer o no hacer algo.

LA SANCIÓN

Consiste en la pena, es la consecuencia jurídica que debe aplicarse con base a la transgresión del precepto