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da jorge panesso mancano 7 anni

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derechos reales y personales

Los derechos reales y personales son conceptos fundamentales en el ámbito jurídico. Los derechos reales se refieren a la relación directa de una persona con una cosa, sin la mediación de otra persona específica.

derechos reales y personales

Características

Es un derecho de contenido provisional

Es un derecho real

Es indivisible

Es registrables cuando es en bienes inmuebles

Es un derecho accesorio de garantía

Es un derecho real restrictivo

Diferencias entre derechos reales y personales

En cuanto a los sujetos de la relación jurídica

En cuanto a la enumeración

En cuanto a los efectos

En cuanto al origen

En cuanto al objeto

En cuanto a su publicidad

En cuanto a su adquisición

En cuanto a la prescripción

En cuanto a las acciones

En cuanto a su duración

Teorias acerca de los derechos reales y personales

Teoría unitaria realista

se considera que todos los derechos son reales puesto que en el fondo los denominados derechos personales siempre recaen sobre el patrimonio del deudor.

Teoría dualista o tradicional

se denomina dualista porque las nociones de derecho real y personal son categorías jurídicas autónomas, independiente y perfectamente diferenciales.

Teoría unitaria o personalista

No se concibe la existencia de una relación jurídica entre un sujeto de derecho y un objeto. si es derecho personal, el deber se predica del deudor; si es un derecho real, se predica de todas las personas obligadas a respetar su ejercicio.

es el derecho que tenemos las personas sobre una cosa sin respecto a determinada persona.

Nociones del derecho real

Clases de derechos reales y su configuración legal

-Principales y accesorios
-Los que giran alrededor del dominio y los limitativos del dominio o de goce.

Derecho de superficie

Es el derecho de propiedad que tiene una persona sobre las construcciones o plantaciones realizadas por ellos en suelo ajeno.

La hipoteca

Derecho de prenda constituido sobre inmuebles, que no dejan por eso de permanecer al deudor.

La herencia

Es una continuidad de dominio y derechos reales del muerto que se transmiten a su heredero.

Es la facultad jurídica que tiene una persona, denominada acreedor, para exigir a otra, denominada deudor el cumplimiento de una prestación que puede ser de: dar, hacer o no hacer.

Noción de derecho personal

elementos del derecho personal

prestación(dar, hacer, no hacer)
deudor(debitor)
acreedor(creditor)

Derecho de retención

Facultad jurídica del acreedor para retener un bien del deudor hasta que se le satisfaga o asegure el cumplimiento de una obligación

DERECHOS REALES Y PERSONALES