da Julissa Amabilia Noemhy Mijangos Salguero manca 1 anno
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Delitos contrala economía nacional y el régimen tributario
El texto aborda varios delitos relacionados con la economía nacional y el régimen tributario. Entre ellos, se encuentra la quiebra fraudulenta, donde se protege la economía nacional y se sanciona a aquellos que, con la intención de perjudicar a otros, declaran falsamente la quiebra para beneficiarse económicamente.
Delitos contra
la economía nacional y
el régimen tributario
Art. 358. “A”. Defraudación tributaria.
Elemento interno: Intención de inducir a error a la administración tributaria.
Elemento material: Utilización de maniobras, engaños e inducción hacia el error y menoscabo.
Sujeto activo: Contribuyente nacional o extranjero.
Sujeto pasivo: La administración tributaria.
Verbo rector: Simular, ocultar, maniobrar, engañar, inducir.
Mediante el engaño, suspender acciones de pago, representaciones o cuales se concreten a realizar.
"No presentaré mi declaración de impuestos, la ocultaré".
Art. 358. “B”. Casos especiales de defraudación.
Elemento interno: Voluntad de defraudar a la administración tributaria.
Elemento material: Defraudar a la administración tributaria mediante los verbos rectores.
Mediante la ejecución de diversas acciones, obtener beneficios de una manera clandestina.
"Voy a comercializar este producto pero no lo registraré para pagar impuestos".
Art. 358. “C”. Apropiación indebida de tributos.
Elemento interno: Voluntad de retener y no enterar a la administración tributaria sobre los impuestos retenidos o recibidos.
Elemento material: No enterar a la administración tributaria sobre la información de los impuestos.
Sujeto activo: Administradores, agente de recepción o retención, funcionarios, empleados.
Sujeto pasivo: La administración tributaria.
Verbo rector: Actuar, apropiar, enterar.
Apropiarse ilicitamente de los tributos, como lo es el dinero, efectos, valores o cosa mueble.
"Retener el dinero de los impuestos de una persona y no presentarlos o registrarlos".
Sanción: Prisión con posible agravación y multa.
Art. 358. “D”. Resistencia a la acción fiscalizadora de la Administración Tributaria.
Elemento interno: Voluntad de impedir y negarse a presentar los documentos solicitados.
Elemento material: Impedir y negarse a presentar los documentos solicitados como base de los tributos.
Sujeto activo: Cualquier persona, representantes jurídicos o empleados.
Sujeto pasivo: La administración tributaria.
Bien jurídico tutelado: El régimen tributario.
Verbo rector: Impedir, negar.
Impedir de una manera u otra la actividad a realizar, de otra forma, frenar con tal proceso.
"No voy a permitir que vean o toquen mis libros de registro y documentos".
Art. 349. Quiebra culpable.
Elemento interno: Voluntad e intención de causar la quiebra por imprudencia e impericia.
Elemento material: Causar la quiebra en bancos, empresas o centros mercantiles.
Verbo rector: Quebrar, beneficiar, provocar.
Declarar en quiebra dichas instituciones debido al mal orden, mala organización y mala administración.
"Invertimos en diversas áreas, pero ya no nos quedó dinero".
Art. 348. Quiebra fraudulenta.
Elemento interno: Intención de causar la quiebra en perjuicio de segundos y terceros.
Elemento material: Promulgar la quiebra en bancos, empresas o centros mercantiles y la disminución del patrimonio.
Declarar falsamente en quiebra dichas instituciones
y utilizando para su beneficio, el dinero tomado u obtenido.
"Voy a realizar algunos movimientos para hacer creer que estamos en quiebra y poder tomar ese dinero".
Sanción: Prisión con posible agravación.
Art. 342. Especulación.
Elemento interno: Voluntad de propagación de hablillas falsas para falsear o desviar las leyes de demanda y oferta.
Elemento material: Propagar hablillas o rumores falsos para cambiar injustamente el valor de la moneda de curso legal.
Verbo rector: Esparcir, propagar, desviar, falsear, quebrantar.
Propagar en forma de rumores información falsa e inexistente de algún o los productos.
"Vayan y compren porque todo va a subir de valor".
Sanción: Prisión y multa.
Art. 340. Monopolio.
Elemento interno: Voluntad de causar perjuicios hacia la economía individual o nacional.
Elemento material: Aprovecharse del comercio a cambio de un privilegio.
Sujeto activo: Cualquier persona.
Sujeto pasivo: Cualquier persona, El Estado.
Bien jurídico tutelado: La economía nacional.
Verbo rector: Realizar, utilizar, efectuar, aprovechar, vender.
Lucrar en bienes de consumo y comercio,
causando alteraciones en sus precios.
"Una marca no reconocida o genérica".