Kategóriák: Minden - responsabilidad - acción - sujeto - conducta

a Coleen Arboine 4 éve

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Tipicidad:Conducta en el supuesto de hecho de una norma penal (descripcion).

La tipicidad se refiere a la conducta que encaja en el supuesto de hecho descrito por una norma penal. Se distinguen elementos estructurales como el sujeto pasivo y el bien jurídico, el cual puede ser material o inmaterial.

Tipicidad:Conducta en el supuesto de hecho de una norma penal (descripcion).

Acción es el núcleo del tipo ( hacer-no hacer)

delito de resultado lesiones y daño

mera inactividad: omision de auxilio

Tipicidad:Conducta en el supuesto de hecho de una norma penal (descripcion).

accion

Tipo: Es la descripción precisa de las acciones u omisiones que son considerados como delito y a los que se les asigna una pena o sanción

Tipo culposo: Imprudencia, negligencia, impericia
culpa sin representación: resultado típico que no se previó siendo previsible y un nexo causal que vincula ambos extremos

elementos; imputabilidad, conocimiento de la antijuricidad del hecho cometido, exigibilidad de un comportamiento distitno.

Culpa objetiva: No hay culpa del sujeto

Culpa subjetiva;solo puede castigarse a quien ha cometido el delito de forma dolosa o imprudente, excluyendo la mera responsabilidad por el resultado.

culpa con representación; voluntad
Responsabilidad objetiva; prescinde de la culpa es un riesgo creado
Tipicidad conglomerante: cumple su función reductora verificando que exista un conflicto, lo que implica una lesividad objetivamente imputable a un agente.
Tipo omisivo: situación de peligro con el deber de actuar
delitos de omisión pura (tipificado en la ley) Situación propia, inejecución de la acción esperada, capacidad de ejecutar la acción.

delitos de omisión impropia: produccion del resultado

Delitos de
Tipo Doloso: Intención,conciencia,voluntad
Dolo directo primer y segundo grado ( conducta dolosa con la misma gravedad)

Dolo eventual /resultado d probable producción)

elementos; intelectual y volitivo

Elementos tipos penales

elementos objetivos
Sujeto pasivo

Debe de pagar

Bien juridico
Nexo de causalidad

Relacion de Accion u omision

Acción

Voluntad de realizar una accion

Sujeto activo

Realiza la conducta previstas en el tipo penal "persona física" (Comunes, especiales, plurisubjetivos)

Subtopic
elementos subjetivos. Art 30 cp
Preterintencion

Va mas allá de la intencion

Culpa

Accion tipica antijuridica

Dolo

voluntad de realización de un acto

Elementos estructurales del tipo

Bien jurídico
inmateriales
material
conducta
comportamiento humano voluntario

encaminado a un propósito

negativo

pasivo

sujeto pasivo art 156
Sujeto activo (personas físicas
Delincuente

Incondicionado

Condicionado

Plural

Singular

mera actividad : incumpliendo de deber

Tipo de garantia(principio de legalidad)

Sistemática
permisivo: se confrontan o necesitan un par, sólo se permite lo que previamente está prohibido. Esto es así para la doctrina dominante, y no para quienes sostiene la teoría de los elementos negativos del tipo.
Injusto; Acción antijurídica