El texto aborda los diferentes tipos de errores que pueden ocurrir en la formación de un contrato. Se menciona el error de disenso, que sucede cuando una parte entiende incorrectamente la declaración de la otra, impidiendo la formación del consentimiento.
“Si una de las partes habla del predio de Alberto y también la otra habla del predio
de Alberto, pero esta última quiere referirse, en cambio al predio de Patrick, el contrato no se forma realmente.
El Art. 205 del C.C. Dispone que el error en el motivo solo vicia el acto jurídico cuando se manifiesta con su razón manifestante y es aceptado por la otra parte.
por ejemplo, si queriendo comprar un jarrón chino del siglo XVII, el sujeto declara por error comprar un jarrón chino del siglo XVIII, habrá un error en la declaración sobre la identidad del objeto del negocio jurídico (Taboada, 2002: 362)30.
El disenso no puede asimilarse a la figura de error obstativo; ya que mientras este último consiste en una discrepancia entre la voluntad declarada y la voluntad interna, esto es, en una equivocación respecto a la propia declaración de voluntad, el disenso se da cuando una de las partes se equivoca respecto a la declaración de la otra parte, esto es, mientras que el error obstativo consiste en un error respecto a la propia declaración de voluntad, el disenso consiste en un error, en sentido amplio y no técnico, sobre la declaración de voluntad ajena. Asimismo, en los casos de disenso, las declaraciones de voluntad de las partes coinciden cada una de ellas con sus respectivas voluntades internas, no siendo ambas declaraciones de voluntad coincidentes entre sí
El Error
ERROR EN LA DECLARACION
se presenta cuando el sujeto
declara una voluntad distinta a su verdadera voluntad interna, ya sea porque ha declarado inconscientemente una voluntad diferente, por un lapsus linguae o por un lapsus calami
ERROR DISENSO
Se da cuando una de las
partes se equivoca respecto a la declaración de la otra parte y consiste en un error
sobre la declaración de voluntad ajena.
“Si por ejemplo, Alberto ofrece en venta
a Carlos el objeto A y Carlos, entendió mal la oferta, cree que se trata del
objeto B y acepta la oferta, no se ha formado el consentimiento entre las partes (el caso se califica, también de dissensus in causa)
ERROR VICIO o ERROR DIRIMENTE
El error vicio consiste en que una persona que ha formado erróneamente su voluntad, a esto se le conoce como falsa representación de la realidad.