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a Milena urrego 4 éve

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Clasificacion de los contratos

Existen diferentes tipos de contratos laborales, cada uno con características específicas según su duración y naturaleza. Los contratos pueden ser por tiempo determinado, indefinido, estacionales o para una obra o servicio específico, y pueden formalizarse de manera verbal o escrita.

Clasificacion de los contratos

Topic flotante

Se clasifican

Forma

Se toma los contratos a termino fijo e indefinido, estan sugestos a las normas que establece el estado, esto es para que no tenga conflictos con el estado
El trueque, que regió el comercio durante siglos, no era mas que un acuerdo verbal entre dos partes para llegar a un intercambio que satisfaciera a ambas partes

Su duración

Contrato de trabajo por cierto tiempo
Contrato de trabajo por tiempo indefinido

Contrato de trabajo estacional

Contrato de trabajo para una obra o servicio determinado

Contrato movil o eventual

Clasificacion de los contratos

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Derechos y obligaciones

Del trabajador

Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus funciones directivas. Es el deber de obediencia del trabajador que queda sometido al poder disciplinario del empresario en el caso de incumplimientos de aquél y siempre que las órdenes o instrucciones no sean abusivas o ilegítimas. Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia. La empresa podrá verificar las faltas al trabajo por motivos de salud, y el trabajador deberá permitir su revisión médica. De lo contrario, perderá sus derechos económicos que estén a cargo del empresario. Contribuir a la mejora de la productividad. Al igual que el anterior supone, en este caso, una concreción del deber general de realizar la prestación laboral con la diligencia debida. No desarrollar actividades concurrentes con la empresa. Aunque tratado en la ley de manera específica no es más que una concreción del deber general de buena fe, su finalidad es la evitación de un perjuicio en la persona del empleador. Cumplir las medidas de seguridad e higiene que se adopten, tema relacionado con la seguridad y salud en el trabajo, y con las medidas de prevención de riesgos laborales por lo que se refiere a las obligaciones de los trabajadores.

Derecho al trabajo y a la libre elección de profesión u oficio. Derecho a la libre sindicación. Se refiere a la posibilidad de fundar sindicatos, a la libre afiliación, y al derecho de los propios sindicatos a fundar confederaciones y organizaciones sindicales internacionales y el derecho a afiliarse a las mismas. Se trata de un derecho que puede ser limitado para ciertos colectivos (Cuerpos e Institutos Militares). Derecho a la negociación colectiva, para los representantes de trabajadores y empresarios, y cuya principal manifestación es la conclusión de Convenios Colectivos, normas de primera magnitud en la relación laboral. Derecho a la adopción de medidas de conflicto colectivo en defensa de los intereses colectivos de los trabajadores y empresarios. Derecho a la huelga de los trabajadores en defensa de sus intereses. Derecho de reunión. Es un derecho que se ejercita dentro de la empresa o centro de trabajo y se manifiesta en las Asambleas de trabajadores y en la de los miembros de secciones sindicales. Derecho de información, consulta y participación en la empresa.

Del empleador
Obligaciones

-El pago total de la cotización de los trabajadores a su servicio -trasladar el monto de las cotizaciones a la administradora de riesgos profesionales, ARP- correspondiente dentro de los plazos indicados -Procurar el cuidado integral de los trabajadores -Informar a la ARP lasnovedades del personal -informar a los trabajadores y a las EPS donde esten afiliados sus trabajadores, la ARP escogida

Derechos

-Derecho a exigir del trabajador un comportamiento de buena fe. -Facultad de organización. -Facultad de dirección. -Facultad de modificar las formas y modalidades del trabajo (iusvariandi). -Facultad disciplinaria. -Derecho a establecer controles personales. -Derecho a recibir la prestación del trabajo. -Derecho a retener las contribuciones del trabajador al sistema de la Seguridad Social y sindicales. -Derecho a premiar diferencialmente al personal. -Derecho a exigir secreto al trabajador. -Derecho de indemnidad. -Derecho a exigir auxilios o ayudas extraordinarias del trabajador.

Periodo de prueba y efectos

El periodo de prueba no puede exceder 2 meses, en los contratos de trabajo a termino fijo, cuya duración sea inferior a 1 año, el periodo de prueba no podra ser superior a la quinta parte del termino inicialmente pactado para el respectivo contrato

Elementos del contrato laboral

Prestación personal del servicio
Remuneración
Subordinación

Forma de los contratos

Escrito
está regulado por el artículo 39 del código sustantivo del trabajo, todo lo que se acuerde debe quedar escrito en un documento
Verbal
el que no se firma en ningún documento, donde los acuerdos son de palabras, en este contrato no hay documento que sirva de prueba de una cosa u otra