a Damaris ortiz garcia 2 éve
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Los conceptos de violación que se pueden plantear en contra de una sentencia definitiva
, Deben ser sobre el análisis de las violaciones procesales en el juicio de amparo directo el cual debe limitarse exclusivamente a aquellas cometidas a partir de la audiencia de juicio oral.
No son materia de estudio los siguientes supuestos:
La valoración de pruebas
La responsabilidad penal del acusado
La acreditación del delito
medios de convicción invocados por el ministerio público en la acusación.
La imposición de penas contrarias a la ley.
sistema penal acusatori
Parra llegar al ampro indirecto es necesario:
Extinguir el tipo de resolución de qué se trata ello conlleva que debe analizarse si se trata de una sentencia definitiva dictada en la etapa del juicio oral de un procedimiento ordinario o bien de una resolución derivada del procedimiento abreviado o de las etapas previas al juicio oral
En cuanto a las violaciones impugnables en el sistema penal mixto
invalidez de las pruebas recabadas ilegalmente
Las cuales son:
violación al derecho de defensa
Las procesales como lo son la indebida admisión o exclusión de pruebas
La indebida aplicación de la ley penal o incorrecta valoración probatoria
Las formales como lo son omisiones incongruencias contenidas en la resolución.
Fundamento:
artículo 191 cuando se trate de juicios del orden penal la autoridad responsable con la sola presentación de la demanda ordenar a suspender de oficio y de plano la resolución reclamada si es que comprende la pena de privación de la Libertad
Es asi que:
la suspensión surte efecto de que el quejoso quedé a disposición del órgano jurisdiccional de amparo por mediación de la autoridad responsable.
En la actualidad la autoridad ha perdido la facultad para proveer sobre la procedencia de la Libertad bajo caución
se deben cumplir con lo siguiente :
Defensa adecuada
El inculpado tiene derecho a ser asistido por un licenciado en derecho
Ratificación del desistimiento
El juez debe ordenar que en la diligencia de ratificación, se explique al quejoso los alcances y consecuencias jurídicas de su decision
Obligaciones de la autoridad responsable
Remitir al órgano de amparo un índice cronológico de la audiencia, en que se indica el orden de intervención de cada una de las partes
Copias de la demanda y anexos
La autoridad responsable debe mandar sacar las copias de oficio
Contenido de la demanda
Hacer valer todas las violaciones procesales que el quejoso estima que se cometieron
8 años cuando se reclame la sentencia definitiva, condenatoria en un proceso penal que impone pena de prisión
15 días (original) por regla general.
son:
Ministerio Público
Quién vigila el cumplimiento principios de constitucionalidad y de igualdad, así mismo podrá interponer recursos
Terceros interesados
• Personas sentenciadas o procesadas • La victima u ofendido, o quien tenga derecho a la reparación del daño • El ministerio público
La autoridad responsable
El órgano jurisdiccional que dictó la sentencia o resolución
La parte quejosa:
1.-personas sentenciadas o procesadas 2.-la victima u ofendido del delito
EN MATERIA PENAL EL JUICIO DE AMPARO SENTENCIAS DEFINITIVAS Y/O RESOLUCIONES QUE PONEN FIN AL JUICIO EN EL SISTEMA ACUSATORIO
Sentencias absolutorias dictadas en el proceso ordinario Sentencias condenatorias dictadas en el proceso ordinario Sentencias dictadas en el procedimiento abreviado Resoluciones de sobreseimiento
Para la procedencia del juicio de amparo directo es necesario agotar previamente los recursos ordinarios.
El juicio de amparo procede:
Sentencias definitivas: aquellas que deciden el juicio en lo principal; y Resoluciones que ponen fin al juicio: aquellas que, sin decidir el juicio en lo principal, lo dan por concluido.
Su fundamento se encuentra en:
(ART. 170, FRACCIÓN I, LEY DE AMPARO)
De acuerdo con el artículo 170, fracción I, último párrafo, de la Ley de Amparo, por regla general, el juicio comienza con la presentación de la demanda.
En materia penal, sin embargo, el proceso comienza con la audiencia inicial ante el Juez de control.
El amparo no es un recurso
Es cierto que :
El amparo directo no “subsana” la falta de un recurso ordinario (como la apelación)
El amparo directo no es un recurso ordinario, sino un juicio extraordinario de protección de derechos humanos.