par Lorena Zea Il y a 5 années
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La finalidad de los textos constitucionales es ofrecer jna organizacion estable de los poderes públicos
Interpretacion que se adapte a las transformaciones de la sociedad. Adaptar un texto viejo constitucional a las circunstancias cambiantes.
Se da Interpretacion evolutiva
Los textos constitucionales son distintos por su objeto :" relaciones políticas"
Las relaciones políticas son extremadamente cambiantes y por tanto se requiere una interpretación que se adapte a estos cambios
Estas relaciones políticas no son exclusivas de las normas constitucionales
La especificidad de la interpretación es prescriptiva.
Se sugiere una interpretación "evolutiva"
Los interpretes no tienen derecho de cambiar el contenido de la constitución por vía interpretación.
Los textos constitucionales son diferentes por su contenido normativo, establecen "principios" y "valores"
Sin embargo el hecho de expresar principios y valores no es exclusividad de los textos constitucionales
Se deberían utilizar los mismos métodos de interpretación para el texto constitucional y para las leyes que expresan principios
Una especificidad de interpretación constitucional no tiene razón de ser
* Los textos constitucionales son diferentes de cualquier otro texto normativo en virtud de su objeto, llamado "materia constitucional"
La materia constitucional se reduce a una disciplina de la función llamada legislativa
Ninguna constitución escrita regula la materia constitucional por entero, gran parte es regulada por leyes "ordinarias"
La especificidad en la interpretación "constitucional" no se da ya que existen interpretaciones aplicables a textos constitucionales como a ciertas leyes
Descriptivo:"Teoría " de la interpretación. Consiste en describir y analizar las técnicas efectivamente usada por los jueces
Prescriptivo: "Doctrina" de la interpretación. los interpretes de la constitución deben adoptar una técnica en particular
Un principio metodológico
Estos son directivas "derrotables", es decir, admiten excepciones
este argumento metidologico admite prinxioios opuestos que conducirian a una conclusion interpretativa distinta
Se atribuye a cada disposición el significado de acuerdo a al intención del legslador
Un argumento interpretativo
"Era intensión del legislador expresar la norma N"
Exige otros argumentos: Utilizando los trabajos preparatorios
Tiene 3 pasos
Se llama así a cualquier interpretación que consista en decidir el significado de una disposición y la luz de otras basándose en que el derecho es coherente (lógico) y consistente (axológico).
se aduce a supuesto carácter del derecho en general o de la constitución en particular.
Incluye ciertos supuestos concretos que interpretando la ley no entrarían dentro del mismo.
Se acude a la analogía y se unen los supuestos previstos y los no previstos.
Se excluyen ciertos supuestos concretos que deberían ser parte del mismo según la interpretación literal.
Argumento de disociación, distinguir entre supuestos previstos por el texto sustancialmente o estrictamente.
Algunas veces, con mayor frecuencia, la interpretación de de un texto constitucional se da según la voluntad, intención o finalidad de los padres fundadores.
Se apela a la intención en negativo con el fin de descartar la interpretación literal
Se apela a la intención para extraer directamente el significado del enunciado.
Tiene dos variantes:
La constitución otorga derecho al voto a los ciudadanos y se lo niega a los extranjeros; si se les atribuye el voto por medio de una ley, esta sería inconstitucional.
La constitución solo habla de ciudadanos no menciona extranjeros, por ende, la constitución se limita a otorgarle derechos solo a los ciudadanos.
Aveces, muy rara vez, se interpreta el texto a la letra. Existen dos tipos, la interpretación originalista y la interpretación evolutiva o dinámica.
Activismo judicial
Favorece la libre creación del derecho, es decir, la interpretación evolutiva. No reconoce lagunas ya que no hay vacios.
Valor de la congruencia del derecho con la conciencia social
Mataética utilitarista, deber constitucional de los jueces para proteger los derechos ciudadanos contra mayorías políticas, etc.
Judicial restaint
Se da una interpretación discutible y una indiscutible, y la indiscutible coincide con la interpretación literal, originalista o conservadora.
La ley es inconstitucional solo cuando es contraria a la constitución de forma evidente. Reconoce lagunas.
Valor de la diferencia hacia el legislador democrático - los jueces - no pueden invadir las competencias del poder legislativo.
Particularismo
Valor de la equidad, es decir, la justicia para cada caso concreto; buscar la solución justa por la cual se generan excepciones.
Universalismo
Principios de igualdad y legalidad; la norma se aplica por igual a todos los casos.
Dinámica
Favorece la interpretación evolutiva pretendiendo remediar el envejecimiento de la constitución.
Valores de adaptación continua del derecho a las exigencias de la vida social. Interpretación no fija, es decir, cambia el significado del texto.
Estática
Asociada a la interpretación originalista (fidelidad a la constitución). Interpretación fija
Valores de la estabilidad de la:
Disciplina jurídica, certeza del derecho, previsibilidad de las decisiones jurisdiccionales.
Los principios como normas estructuralmente indeterminadas. se refiere al contenido de las normas o su estructura normativa
toda norma juridica es indeterminada,tiene un textura abierta
pero cuando se trata de una indeterminación peculiar, se puede de dos formas distintas
CONCRETIZACION DE LOS PRINCIPIOS
Los conflictos entre principios y la ponderacion
el analisis de los conflictos entre principios constitucionales y del metodo para resolverlos exige un examen previo de los conflictos entre normas en general
Los conflictos entre normas en general. es la situación en la que dos normas ofrecen dos soluciones diferentes e incompatibles a la misma controversia
Las clases de supuestos reguladas por dos normas en conflicto
Pueden ser
Conflicto Parcial. dos normas conectan consecuencias juridicas incompatibles dos clases de supuestos que se superponen parcialmente
Conflicto Parcial Bilateral. las dos clases de supuestos se crucen de manera que algunos supuestos regulados por una norma coincidan con algunos
Conflicto Parcial Unilateral. puede suceder que la clase de supuestos regulados por una norma enteramente incluida en otra norma
Conflicto Total. dos normas conectan consecuencias juridicas incompatibles a la misma clase de supuestos.
Tipologia de los conflictos normativos
Conflictos en concreto. dos normas conectan dos consecuencias juridicas incompatibles al mismo caso concreto,ambos resultan ser aplicables
Conflictos en abstracto. se produce cuando dos normas conectan dos consecuencias juridicas incompatibles a dos clases de supuestos juridicos
el caracter estructuralmente indeterminado de los principios implica dos consecuencias relevantes en este contexto
la legitimidad constitucional confronta un principio constitucional con una regla legislativa
los principios pertenecen a la justificacion externa, sea utilizados como argumento para justificar la eleccion de ciertas premisas, en paticular la normativa
los principios como normas genericas
una norma precisa y por tanto una regla es una norma susceptible de aplicación a casos concretos
los principios como normas derrotables
una norma es derrotable y entonces es un principio cuando no establece exhaustivamente los hechos condicionales
una norma es inderrotable y entonces es un regla cuando de manera completa, exhaustiva tanto los hechos como las excepciones en presencia
Los principios en cuanto normas fundamentales. La primera característica se refiere a la posición de las normas en cuestión en el sistema jurídico o en uno de sus subsectores
en tercer lugar, no exige a su vez ningún fundamento ninguna justificación porque se concibe una norma justa o correcta
en segundo lugar da fundamento axiologico a una pluralidad de normas de otros sistemas
en primer lugar, caracteriza al sistema del que se trata, en el sentido del que se trata,en el sentido que constituye un elemento esencial para la fisonomia del sistema
La consecuencia jurídica en cuestión puede ser una sanción, la adquisición de un estatus, el nacimiento de una obligación o de un derecho, la validez o la invalidez de un acto
La concepción que se tenga de la constitución
Moderna: La función de la constitución es organizar la sociedad civil
La constitución contiene un proyecto detallado de "sociedad justa"
Concepción clásica:La función de toda constitución es la organización, distribución y limitación del poder político
Las normas constitucionales
"Sustanciales": regulan las relaciones Estado-Ciudadanos
Se dirigen a los órganos del Estado
Garantía jurisdiccional de la constitución
Garantizada
Normas "sustanciales"
Confieren derechos subjetivos
Normas sobre organización de poderes públicos
La interpretación constitucional es "autentica" no puede ser contradicha por nadie
Rígidas o flexibles
Del segundo tipo
Las que organizan el control en forma "concentrada"
Las que organizan le control sobre las leyes de forma "difusa"
Que no prevén agún control jurisdiccional sobre la legitimidad constitucional de la leyes
Rígidas: que prevén control
Subtema
Estructura de la constitución
Las constituciones
"breve": no es susceptible de aplicación jurisdiccional
Las normas se dirigen a los órganos constitucionales para interpretación "auténtica"
Contienen disposiciones "sustanciales"
Que se limitan a diseñar la "forma del Estado", regular la organización de los poderes estatales.