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par Gabriela Castillo Il y a 3 années

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EVOLUCIÒN DE LOS DERECHOS HUMANOS

Los derechos humanos han evolucionado significativamente a lo largo de la historia, destacándose por su universalidad, obligatoriedad y progresividad. La universalidad implica que todos los seres humanos poseen derechos inherentes por el simple hecho de ser humanos, un principio que fue reconocido formalmente en 1948.

EVOLUCIÒN DE LOS DERECHOS HUMANOS

EVOLUCIÒN DE LOS DERECHOS HUMANOS

I. Línea del tiempo de los derechos humanos.

2011 Reforma Constitucional en materia de DDHH, México.
2000 Declaración del Milenio.
2000 Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional.
2000 Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
1999 Convenio 182 de la OIT sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil.
1990 Declaración de El Cairo de los Derechos Humanos en el Islam.
1989 Convenio 169 de la oit sobre pueblos indígenas y tribales.
1986 Carta Asiática de los Derechos Humanos.
1981 Carta Mricana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos.
1966 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
1966 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
1953 Derecho al voto de la mujer, México.
1948 Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la Libertad Sindical y la protección del derecho de sindicación.
1948 Declaración Universal de los Derechos Humanos.
1948 Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
1927 Derecho al voto de la mujer (América del Sur), Uruguay.
1924 Derecho al voto de la mujer cabeza de familia, España.
1920 Derecho al voto de la mujer blanca estadounidense, Estados Unidos.
1893 Derecho al voto de la mujer, -Nueva Zelanda-o
1865 Decimotercera enmienda a la Constitución de los Estados Unidos: abolición de la esclavitud, Estados Unidos.
1838 Derecho al voto de la mujer, Islas Pitcairn.
1789 Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, Francia.
1776 Declaración de Derechos del Buen Pueblo de Virginia, Estados Unidos.
1689 Declaración de Derechos (The Bill of Rights), Inglaterra.
1679 Habeas Corpus Amendment Act, Inglaterra.
1628 Petición de Derechos (Petition of Rights), Inglaterra.
1215 Carta Magna de Inglaterra.

II. Características de los derechos humanos.

Progresividad
"Los derechos humanos codificados en tratados internacionales no son más que un mínimo; su progresión está en manos de los Estados", (Sánchez, 2019, p. 22).
Avance paulatino que han tenido el reconocimiento de los derechos humanos.
Obligatoriedad
Personas y Estado deben de respetar los derechos humanos
Tutela legar
Universalidad
Ligado a los principios de los derechos humanos
Reconocida en 1948
Todos tienen derechos por el solo hecho de ser humanos

V. Dogmática de los derechos humanos.

La política debe ser entendida como la aprehensión del interés individual y social en su dimensión universal expresada en la capacidad de las personas para la construcción del Estado y de las instituciones encargadas
La sociabilidad es una de las expresiones de la dimensión universal del individuo, y debiera desarrollar la capacidad de los· seres humanos de asumir el interés de los demás como el propio y de adoptar conductas de procuración del interés general sobre su interés particular.
Un individuo que posee una triple dimensión: como yo íntimo, como yo social y como yo político. Todos los seres humanos son poseedores de esas dimensiones y por lo tanto, del patrimonio constituido por los derechos humanos, pero si y sólo si es posible la realización de estos derechos. (Sánchez 2019, p. 26)

IV. Las generaciones de los derechos humanos.

CUARTA GENERACIÓN DE DERECHOS HUMANOS
según Robert B. Gelman citado por Sánchez (2019) propuso los derechos en el ciberespacio en 1997 enfocándose en las tecnologías y en el futuro de estas, la cual fundamento en los derechos humanos universales de 1948.

A partir de las nuevas tecnologías de la información y comunicación

3. Derecho a la privacidad, anonimato y seguridad en las transacciones en línea.

2. Derecho a la libertad informática. 25

tecnologías.

l. Derecho a la igualdad en las condiciones de acceso a las nuevas

3. Derecho a formar un Estado y derecho supranacionales.

2. Igualdad de derechos sin distingos de nacionalidad.

l. Derecho a la plena y total integración de la familia humana.

DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN
Derechos de solidaridad

12. El desarrollo que permita una vida digna.

11. El patrimonio común de la humanidad.

10. La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos. El medio ambiente.

9. El uso de los avances de las ciencias y la tecnología.

8. La justicia internacional.

7. La cooperación internacional y regional.

6. El entendimiento y confianza.

5. La coexistencia pacífica.

4. La paz.

3. La independencia económica y política.

2. La identidad nacional y cultural.

l. La autodeterminación.

DERECHOS DE SEGUNDA GENERACIÓN
Derechos económicos, sociales y culturales.

7. Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades. La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita.

6. Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especiales.

5. Toda persona tiene derecho a la salud física y mental.

4. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios.

3. Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses.

2. Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.

l. Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales.

DERECHOS DE PRIMERA GENERACIÓN
Derechos civiles y políticos

13. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica.

12. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas.

11. Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión.

10. Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número y espaciamiento de hijos que desean.

9. En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país.

8. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

7. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia.

6. Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación.

5. Nadie será sometido a torturas "ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral.

4. Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre.

3. Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos.

2. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.

l. Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, color, idioma, posición social o económica.

III. Las clasificaciones de los derechos humanos.

F. CLASIFICACIÓN DE GERMÁN J. BIDART CAl\1POS
23. Derechos implícitos, comprendidos en la tercera generación.
22. Derecho a la libertad política y de participación.
y la sentencia justa y eficaz).
21. Derecho a la jurisdicción (acceso a la justicia, el debido proceso,
20. Derecho a la seguridad social.
19. Derecho de ejercer comercio, industria y actividades lícitas.
18. Derecho de propiedad, incluyendo el derecho sucesorio.
17. Derecho de huelga.
16. Derecho de contratar, incluyendo la contratación colectiva.
15. Derecho de petición.
14. Derecho a contraer matrimonio.
13. Derecho de reunión.
12. Derecho de libre asociación.
11. Derecho a la libertad religiosa, de conciencia y de culto

b) Derecho de trabajar

• Condiciones dignas de trabajo; e duración de la jornada y el empleo.

• Derecho a la remuneración;

a) Derecho a la libertad de enseñanza

Libertad de educar a los hijos e libertad de cátedra

Libertad de enseñar y aprender.

10. Derecho a la libre expresión por cualquier medio apto

d) Derecho de rectificación y réplica.

c) Libertad de comunicación.

b) Libertad de crónica.

a) Libertad de dar y recibir información.

9. Derecho a la libertad personal

c) Inviolabilidad del domicilio, de la correspondencia, de las comunicaciones privadas, de los documentos privados, de la sexualidad, de la moral autorreferente.

b) Libertad de intimidad o privacidad.

a) Libertad corporal y de locomoción.

8. Derecho al honor.
7. Derecho a la identidad sexual.
6. Derecho a una nacionalidad.
5. Derecho al nombre.
4. Derecho a la dignidad personal.
3. Derecho a la integridad física y psíquica.
2. Derecho a la vida.
l. Derecho a la personalidad jurídica.
E. CLASIFICACIÓN DE JEAN MARQUISET
Derecho a la justicia
Derecho a la vida sexual (unión libre, concubinato, matrimonio)
Derecho a la salud
Derecho sobre el propio cadáver (donación en bien de otros)
Derecho a disponer del cuerpo (donación de sangre, donación de órganos).
Derecho al secreto de la vida privada.
Protección de la vida intrauterina.
Derecho a la integridad corporal.
Derecho a la vida
D. CLASIFICACIÓN DE LUIS SÁNCHEZ AGESTAl8
Derechos sociales

Derechos sociales estrictos, que implican una prestación positiva del Estado, basada en los princiPios de justicia y seguridad social

Derecho a la propiedad personal y familiar. Derecho al trabajo. Derecho a un salario justo. Derecho a los seguros sociales. Derecho a la asociación laboral.

Derechos de desenvolvimiento personal

Derecho a la instrucción. Derecho a la educación. Derecho a constituir una familia. Derecho a la práctica del culto religioso.

Derechos políticos

Derecho de ejercer cargos públicos.

Derecho de sufragio.

Derecho de petición

Derechos públicos

Información

Libertad de constituir asociaciones políticas y culturales.

Libertad de expresión del pensamiento.

Libertades de reunión.

Derechos civiles

Derechos de seguridad y libertad económica

Los derechos de seguridad personal:

Derechos de la intimidad personal:

C. CLASIFICACIÓN DE MAURICE DUVERGER
Libertad de pensamiento
Libertades económicas

Derecho de propiedad, libertad de empresa y libertad de comercio e industria.

Protección contra detención arbitraria, libertad e inviolabilidad de domicilio, libertad de correspondencia, libertad de movimiento, libertad de educación y libertad de contraer matrimonio.

B. CLASIFICACIÓN DE CARL SCHMITT
Derechos del individuo a prestaciones del Estado

Derecho al trabajo, derecho a asistencia y socorro, derecho a la educación, formación e instrucción

Derechos del individuo en el Estado, como ciudadano

Igualdad ante la ley, derecho de petición, sufragio igual y acceso igual a los cargos públicos.

Derechos de libertad del individuo en relación con otros

Libre manifestación de las opiniones, libertad de discurso, libertad de prensa, libertad de cultos, libertad de reunión y libertad de asociación.

Derechos de libertad del individuo aislado:

Libertad de conciencia, libertad personal, propiedad privada, inviolabilidad del domicilio y secreto de la correspondencia.

A. CLASIFICACIÓN DE LOEWENSTEIN
Derechos sociales, económicos y culturales

Derecho al trabajo, protección en caso de desempleo, salario mínimo, derecho de sindicación, derecho a la enseñanza y asistencia y seguridad social,1

Libertades políticas fundamentales

Libertad de asociación, libertad de reunión y derecho a organizarse en grupos, derecho a votar y derecho a igual acceso a los cargos públicos.

Derechos de autodeterminación económica

Libertad de actividad económica, libertad de elección de profesión, libertad de competencia, libre disposición de la propiedad y libertad de contrato.

Libertades civiles

Protección contra la detención arbitraria, inviolabilidad del domicilio, protección contra registro y confiscaciones ilegales, libertad y secreto de correspondencia y de otros medios de comunicación, libertad de residencia y derecho a formar familia.