arabera Tadeo Sánchez Rosales 2 years ago
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Honelako gehiago
El derecho se considera como no nacido si la condición es suspensiva
El derecho se convierte en puro y simple, si la condición es resolutoria
Nace el derecho, si es suspensiva, o bien, la extinción del mismo, si es resolutoria
Si es suspensiva, el derecho no llegará a nacer si la condición no se cumple. Entretanto se realiza sólo habrá una expectativa de derecho
Si esta es resolutorua no se efectua la existencia del derecho. Eso produce todas sus consecuencias jurídicas como si fuese un derecho puro y simple
Será cuando tratándose de un acotecimiento futuro e incierto, suspende el nacimiento del acto jurídico, del derecho o de la obligación
Como esto depende de un acotecimiento futuro que podrá realizarse o no, y este acotecimiento es esencial a la vida del derecho o de la obligación, entretando no se cumpla, no podremos decidir que el acto jurídico existe, que el derecho ha nacido, o que la obligación se ha constituido
El acto, el derecho o la obligación nacen, surten sus efectos como si fueran puros y simples, pero su vida misma depende de que un acotecimineto futuro e incierto se realice.
Suceso que necesariamente habrá de ocurrir, aun cuando se ignore el día en que tal hecho sucederá. Puede conocerse con exactitud la fecha de realización del término o ignorarse.
Es un acotecimineto futuro de realización cierta que extingue los efectos de un acto jurídico, de un derecho o de una obligación.
Es un acotesimiento futuro de realización cierta que suspende los efectos de un acto jurídico, de un derecho o de una obligación.
En el segundo, se extinguirán los efectos que veían realizandose desde la constitución del acto, del derecho o de la obligación.
El primer caso se pruducirán todos los efectos que simplemente estaban diferidos o aplazados.
Cuando el término es suspensivo, simplemente se aplaza o difieren los efectos del acto jurídico, del derecho o de la obligación
Cuando el término es extintivo, entretanto no se realice el acotecimiento futuro, el acto jurídico, el derecho o la obligación producen sus efectos como si fueran puros y simples.