Categorías: Todo - riesgo - incapacidad - trabajo - prestaciones

por leidi castro hace 6 años

220

S.O

La normativa vigente en Colombia establece cómo deben abordarse los accidentes y enfermedades laborales que afectan a los trabajadores. Según la ley 1562 de 2012, cualquier evento inesperado relacionado con el trabajo que provoque una lesión, invalidez o muerte debe ser examinado para determinar su origen y la pérdida de capacidad laboral del afectado.

S.O

todo suceso repentino que sobre venga por causa o con ocasión del trabajo, el cual genera una lesión orgánica, perturbación, invalidez o muerte en el trabajador. (ley 1562 de 2012)

incapacidad temporal

impide al trabajador desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado

prestación económica
subsidio equivalente al 100% del salario base de cotización, calculado desde el día siguiente al que ocurrió el AT, o se diagnosticó la EP

origen de AT y E.L sera calificado según el decreto 1295 de 1994 de la siguiente manera:

exista discrepancia en el origen serán resueltas

una junta integrada por representantes de las entidades administradoras, de salud y de riesgos profesionales.

segunda instancia es determinado

el medico o la comisión laboral

primera instancia es determinada

IPS

determinar la perdida capacidad laboral, el estado de invalidez y determinar el origen según el decreto 1562 de 2012

segunda instancia la resolución de controversias corresponden:

Junta de Calificación Nacional

primera instancia su calificación corresponde:

juntas regionales

CALIFICACIÓN DE ORIGEN Y PÉRDIDA DE CAPACIDAD LABORAL

calificación se realizará con base en el manual único para la calificación de invalidez expedido por el Gobierno Nacional, vigente a la fecha de calificación, que deberá contener los criterios técnicos - científicos de evaluación y calificación de pérdida de capacidad laboral porcentual (ley 1562 de 2012)

prestaciones en caso de EL o AT
económicas

Subsidio por incapacidad temporal; b) Indemnización por incapacidad permanente parcial; c) Pensión de Invalidez; d) Pensión de sobrevivientes; y, e) Auxilio funerario.

asistenciales

Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica; b) Servicios de hospitalización; c) Servicio odontológico; d) Suministro de medicamentos; e) Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento; f) Prótesis y órtesis, su reparación, y su reposición solo en casos de deterioro o desadaptación, cuando a criterio de rehabilitación se recomiende; g) Rehabilitaciones física y profesional; h) Gastos de traslado, en condiciones normales, que sean necesarios para la prestación de estos servicios.

prestados por la EPS, la rehabilitación profesional y los servicios de medicina ocupacional pueden ser prestados por la ARP

el decreto1072 de 2015 el reporte de las EL y AT graves y mortales
realizarse en los días hábiles siguientes al evento

la Dirección Territorial u Oficinas Especiales

monto pensión de invalidez
a) Cuando la invalidez es superior al 50% e inferior al 66%, tendrá derecho a una pensión de invalidez equivalente al 60% del ingreso base de liquidación. b) Cuando la invalidez sea superior al 66%, tendrá derecho a una pensión de invalidez equivalente al 75% del ingreso base de liquidación. c) Cuando el pensionado por invalidez requiere del auxilio de otra u otras personas para realizar las funciones elementales de su vida, el monto de la pensión de que trata el numeral anterior se incrementa en un 15%.
incapacidad permanente parcial
el trabajador consecuencia de un AT o EP, presenta una disminución definitiva, igual o superior al 5%, pero inferior al 50%, de su capacidad laboral, para la cual ha sido contratado o capacitado.

tendrá derecho a que se le reconozca una indemnización en proporción al daño sufrido, a cargo de la entidad administradora de riesgos profesionales, en una suma no inferior a un salario base de liquidación, ni superior a veinticuatro (24) veces su salario base de liquidación.

Enfermedad laboral

Ingreso base de liquidación (ley 1562 de 2012)
calificación en primera oportunidad se realice cuando el trabajador se encuentre desvinculado de la empresa se tomará el promedio del último año, o fracción de año si el tiempo laborado fuese inferior, del Ingreso Base de Cotización declarada e inscrita en la última ARL a la que se encontraba afiliado previo a dicha calificación.
promedio del último año, o fracción de año, del Ingreso Base de Cotización anterior a la fecha en que se calificó en primera oportunidad el origen de la enfermedad laboral.
clasifican según el decreto 1477 de 2014
enfermedades clasificadas por grupos o categorías

Grupo I Enfermedades infecciosas y parasitarias Grupo 11 Cáncer de origen laboral Grupo 111 Enfermedades no malignas del sistema hematopoyético Grupo IV Trastornos mentales y del comportamiento Grupo V Enfermedades del sistema nervioso Grupo VI Enfermedades del ojo y sus anexos, Grupo VII Enfermedades del oído y problemas de fonación, Grupo VIII Enfermedades del sistemacardiovasculary cerebro-vascular Grupo IX Enfermedades dél sistema respiratorio Grupo X Enfermedades del sistema digestivo yal hígado Grupo XI Enfermedades de la piel y tejido subcutáneo Grupo XII Enfermedades del sistema músculo-esquelético y tejido conjuntivo Grupo XIII Enfermedades del sistema genitourinario Grupo XIV Intoxicacione's . Grupo XV Enfermedades del sistema endocrino

enfermedades laborales directas

1. Asbestosis. 2. Silicosis.. 3. Neumoconiosis del minero de carbón. 4. Mesotelioma maligno por exposición a asbesto.

determinar relación de la causalidad (decreto 1477 de 2014) se debe identificar:
la presencia de una enfermedad diagnostica médicamente relacionada causalmente con ese factor de riesgo.
la presencia de un factor de riesgo en el lugar de trabajo en el cual estuvo expuesto el trabajador, de acuerdo con las condiciones de tiempo, modo y lugar, teniendo en cuenta criterios de medición, concentración o intensidad. en caso de no existir mediciones el empleador debe realizar la reconstrucción de la historia ocupacional y de la exposición del trabajador ; el trabajador podrá aportar pruebas que considere pertinentes
aquella que el trabajador adquiere por la exposición a factores de riesgos durante la actividad laboral o medio en el que esta obligado a trabajar.(ley 1562 de 2012)

Accidente de trabajo

promedio ingreso base de cotización
(6) meses anteriores a la ocurrencia al AT, o fracción de meses, si el tiempo laborado en esa empresa fuese inferior a la base de cotización declarada e inscrita en la ARL a la que se encuentre afiliado