La publicidad comparativa es aceptada bajo ciertas condiciones, siempre que no desacredite a otras marcas o nombres comerciales. Este tipo de publicidad debe ser clara y no engañosa, comparando aspectos esenciales y pertinentes de los productos o servicios.
articulo 4,la publicidad comparativa estará permitida cuando cumplan las siguientes condiciones, que no desacredite marcas, nombres y comerciales.
la publicidad es una forma de comunicación realizada en el marco de una actividad comercial,industrial,artesanal,con el fin de promover el suministro de bienes o servicios
Art7 omisiones
Es desleal la omisión o ocultación de la información necesaria para que el destinatario adopte o pueda adoptar una decisión relativa a su comportamiento Económico
Artículo 20.
Contrato de creación publicitaria es aquél por el que, a cambio de una contraprestación,
una persona física o jurídica se obliga en favor de un anunciante o agencia a idear y elaborar
un proyecto de campaña publicitaria, una parte de la misma o cualquier otro elemento
publicitario.
Leyes para la publicidad
Directivo 2006/114/CE del departamento europeo y del concejo de 12 de diciembre de 2006 sobre publicidad engañosa y publicidad comparativa
Subpi
Articulo 3,nos da las características ,indicaciones y elementos de una publicidad engañosa características de bienes y servicios: disponibilidad,su naturaleza, la fecha de fabricación,su origen geográfico,el precio o su modo de fijación,prestación de servicios,entre otras.
la publicidad comparativa es la que compara los aspectos esenciales,pertinentes y no es engañosa.
7.deben establecer unos criterios y objetivos donde sea posible diferenciar si una publicidad es engañosa
Subtopic
2.la publicidad engañosa y la publicidad comparativa ilegal puede ocasionar una distorsión de la competencia en el seno del mercado interior
Ley 3/1991 de 10 de enero,de competencia desleal finalidad,Tiene como objeto la protección en interés de todos los que participan en el mercado.
-establece la prohibición de los actos de competencia desleal La ley será aplicada a cualquier acto de competencia desleal realizados, antes, durante y después de una operación comercial
Art6 actos de confusión
Es desleal todo comportamiento que resulte idóneo para crear confusión con la actividad
Art5 actos de engaño
Se considera desleal cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aún siendo vereaz, por su contenido induzca o pueda inducir a error a los destinatarios.
Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad principal.
Artículo 13.
Contrato de publicidad es aquél por el que un anunciante encarga a una agencia de
publicidad, la ejecución de publicidad y la creación,
preparación o programación de la misma.
Cuando la agencia realice creaciones publicitarias, se aplicarán también las normas del
contrato de creación publicitaria
Artículo 6. Acciones frente a la publicidad ilícita.
1. Las acciones frente a la publicidad ilícita serán las establecidas con carácter general
para las acciones derivadas de la competencia desleal por el capítulo IV de la Ley 3/1991, de
10 de enero, de Competencia Desleal.
articulo
Art 4. Publicidad subliminal.
Será publicidad subliminal la que mediante técnicas de
producción de estímulos de intensidades fronterizas con los umbrales de los sentidos, pueda actuar sobre el público destinatario sin ser conscientemente percibida