2) En un libro destinado a tal fin se hará constar, bajo la firma del secretario, el hecho del registro y de los datos mencionados en el ordinal anterior.
1) En el libro se firmará por el secretario de la cámara de comercio una constancia de haber sido registrado
ARTICULO No.39
Registro de los libros de comercio
ARTICULO No.38
Falsedad en los datos que se suministren al registro mercantil
La respectiva cámara de comercio estará obligada a formular denuncia ante el juez competente
Trámite de registro de las escrituras de constitución de sociedades.
ARTICULO No.34
ARTICULO No.37
Incurrirá en una multa monetaria, que impondrá la Superintendencia de Industria y Comercio, sin perjuicio de las demás sanciones legales
Documentos al solicitarse la Matrícula Mercantil
Partidas de estado civil, certificados de bancos, balances autorizados por contadores públicos, certificados de otras cámaras de comercio o con cualquier otro medio fehaciente
ARTICULO No.36
ARTICULO No.35
Abstención de matricular sociedades con nombres ya inscritos
Las cámaras de comercio se abstendrán de matricular a un comerciante o establecimiento de comercio con el mismo nombre de otro ya inscrito
3) El mismo procedimiento se adoptará para el registro de las actas en que conste la designación de los representantes legales, liquidadores y sus suplentes.
2o) En un libro especial se levantará acta en que constará la entrega de la copia a que se refiere el ordinal anterior
1) Copia auténtica de la respectiva escritura se archivará en la cámara de comercio del domicilio principal
Se renovará anualmente, dentro de los tres primeros meses de cada año
Renovación de la Matrícula Mercantil
ARTICULO No.32
CONTENIIDO DE LA SOLICTUD
DE LA MATRICULA MERCANTIL
NOMBRE DEL COMERCIANTE
NUMERO DE IDENTIDAD
NACIONALIDAD
ACTIVIDAD ECONOMICA
CIUDAD O LUGAR DONDE SE DESARROLLA EL NEGOCIO
ARTICULO No. 26
OBJETO Y PUBLICIDAD EL REGISTRO MERCANTIL
REGISTRO Y MATRICULA
ESTABLECIMIENTOS
-LIBROS-ACTOS Y DOCUMENTOS PUBLICOS
COMERCIANTES
ARTICULO No 31
PLAZO PARA SOLICITARLA
DENTRO EL MES SIGUIENTE
A LA FECHA EN E QUE LA PERSONA NATURAL
EMPEZO A EJERCER EL COMERCIO
ARTICULO No. 27
ENTIDADES ENCARGADAS DE LLEVAR Y SUPERVISAR
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
vela por el buen funcionamiento de los mercados a través de la vigilancia y protección de la libre competencia económica.
Subtopic
institución privada sin fines de lucro que se encarga de administrar los registros mercantiles de las empresas y sociedades que se crean.
DETERMINAN
LAS NECESIDADES PARA INSCRIPCIONES Y REGISTROS
ARTICULO No. 29
REGLAS DEL REGISTRO MERCANTIL
5, TODO DOCUMENTO sera certificado por camara de comercio mediante inspeccion judicial
4.LA INSCRIPCION : podrá solicitarse en cualquier tiempo si la LEY no fija termino
3.LA iNSCRIPCION : se hará en libros separados
2. LA MATRICULA: e los comerciantes seran inscritos en su lugar de juridiccion
1.LOS ACTOS Y CONTRATOS : deben ser inscritos en la cámara de comercio en el lugar donde seran celebrados
ARTICULO No. 28
PERSONAS Y ACTOS SUJETOS A REGISTRO
toda persona que debe registrarse
Los establecimientos de comercio, sucursales o agencias ya sea de propiedad de personas naturales o de personas jurídicas comerciales.
Las sociedades comerciales.
Las personas naturales que ejerzan una actividad comercial en forma profesional
CODIGO DE COMERCIO DE COLOMBIA
ARTICULO No.33
ARTICULO No.30
SE PROBARA
CETIFICADO EXPEDIDO EN LA RESPECTIVA
CÁMARA DE COMERCIO
Decreto 410 de 1971
REGISTRO MERCANTIL
TITULO III