En el contexto del derecho penal, tanto en España como en Italia, existe un marco legal diferenciado para los menores de edad. En España, la Ley Orgánica 5/2000 establece que los menores entre 14 y 18 años son imputables, pero se les aplica un régimen jurídico especial distinto al de los adultos, mientras que los menores de 14 años no son imputables y sus problemas se resuelven en el ámbito familiar.