Derecho de la Dignidad Humana
Normas constitucionales
ART. 1, 25, 42, 51
ART. 12, 13, 16
Artículo 1o. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.
Sentencias relevantes
CONSTITUCIONAL
C-239-97 La corte creo una causal de justificación o eximente de responsabilidad en el homicidio pietítisco.
C-143-15 Fundamento de la prohibición de la tortura imposición de penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes
TUTELA
UNIFICACIÒN DE TUTELA
SU-111-97
T-401-92 Reclusos inimputables por demencia cuya medida de internación se había prolongado indefinidamente.
T-402-92 Espadrapo en la boca de un niño, humillación.
¿Que es?
Hace referencia al valor inherente al ser humano en cuanto ser racional, dotado de libertad y poder creador, pues las personas pueden modelar y mejorar sus vidas mediante la toma de decisiones y el ejercicio de su libertad.
La dignidad humana es el derecho que tiene cada ser humano, de ser respetado y valorado como ser individual y social, con sus características y condiciones particulares, por el solo hecho de ser persona.
Genealogía
dignitas hominis, fundamento ético-político-jurídico, o el valor no instrumental del ser humano siempre nos remite al filósofo alemán del siglo XVII E.Kant, quien modernizó la idea de dignidad.