FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO - Mapa Mental

FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

se dividen en:

1.La Constitución.

Fuentes Indirectas.

Fuentes Directas.

2. La ley.

3. Los reglamentos.

4. La costumbre.

Como fuentes de derecho la costumbre prescribe reglas de conducta jurídicamente relevantes. Su aceptación como fuentes del Derecho Administrativo está avalada, además, por la circunstancia de que la propia legislación administrativa invoca la costumbre, si bien en hipótesis muy limitadas, marginales y escasamente significativas para regular determinadas materias.

1. Jurisprudencia

Es el conjunto de principios reiteradamente proclamados en las sentencias de los tribunales, es decir, fallos reiterados en un mismo sentido emanado por los tribunales de la República. En nuestro sistema no crea reglas de Derecho; el precedente judicial podrá ser un elemento que se podría tener en cuenta en una reforma constitucional. La opinión del máximo órgano del Poder Judicial, no crea derecho, simplemente, lo ejecuta, pudiendo variar, ampliamente y sin restricciones, el precedente.
La Jurisprudencia es una fuente del Derecho indirecta porque no es obligatoria.

2. Principios generales del Derecho

Es el conjunto de criterios orientadores insertos expresa o tácitamente en todo sistema jurídico, cuyo objeto es dirigir e inspirar al legislador y al juzgador, y suplir las deficiencias o ausencias de la Ley u otras fuentes formales. Estos principios son: igualdad, libertad y justicia.

3. Doctrina

al igual que la Jurisprudencia, la doctrina es fuente indirecta, no formal, de Derecho y, por ello, no es obligatoria, aunque puede incidir indirectamente, en el juez o administrador cuando decide un tema concreto.
La doctrina es la opinión de los jurisconsultos, estudiosos del derecho; es decir que son opiniones o estudios que nos ayudan a entender el Derecho.

son las normas escritas que emanan de alguna autoridad Administrativa, y poseen un rango inferior a la ley.

Inmediatamente subordinadas a la Constitución están las leyes, norma jurídica aprobada por el procedimiento establecido para su dictación por el Poder Legislativo.

Subtema

Es la primera de las Fuentes, la Norma ordinariamente escrita que prevalece y se impone a todas las demás de origen legislativo y gubernamental, por lo tanto los ciudadanos como los poderes públicos se encuentran sujetos a la misma. Actualmente, se reconoce en la doctrina la fuerza normativa de la Constitución y su eficacia directa.

Klicka här för att centrera din tankekarta.
Klicka här för att centrera din tankekarta.