Terminacion de contrato

Cumplimiento de una labor pactada

Según el CST art. 61 se termina por

Muerte del trabajador

Mutuo conocimiento

Vencimiento de términos

Terminación de la obra o labor

Por parte del empleador

Haber sufrido engaño por parte del trabajador

Todo acto de violencia, injuria, malos tratamientos o grave indisciplina

Todo daño material causado intencionalmente con edificios, materias primas etc

Bajo rendimiento en el trabajo

Revelación de secretos técnicos o comerciales

Todo vicio que perturbe la disciplina

Renuncias escritas por médicos para evitar enfermedades o accidentes

Por parte del trabajador

El haber sufrido engaño por parte del empleador, respecto de las condiciones de trabajo

Todo acto de violencia, malos tratamientos o amenazas graves inferidas por el empleador contra el trabajador

Inducir al trabajador por parte de su patrón o similares a cometer actos ilícitos

Todo perjuicio causado maliciosamente por el empleador al trabajador en la prestación del servicio

Exigencias invalidas por parte del empleador en servicios distintos

El incumplimiento sistemático sin razones válidas por parte del empleador, de sus obligaciones convencionales o legales

Indemnizaciones de los tipos de contrato

Termino fijo

En los contratos a término fijo, el valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato

contrato de obra o labor

el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días.

contrato a término indefinido

la indemnización dependerá de si el salario del trabajador es inferior a 10 salarios mínimos o igual

Inferior a 10 S.M.L.V: Treinta (30) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año

Igual o superior a 10 S.M.L.V: Veinte (20) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.