Ley sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia
POLITICAS PUBLICAS DE PREVENCION Y ATENCION A LAS MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA
De las políticas públicas de prevención y atención
Definición y contenido
Programas
Corresponsabilidad
Carácter vinculante
CLASIFICACION DE LOS PROGRAMAS DE ATENCION
Artículo 20.
, adiestramiento, formación y capacitación
De apoyo y orientación a las mujeres víctimas de violencia y su familia
De abrigo:
Comunicacionales
De orientación y atención a la persona agresora:
PRINCIPIOS RECTORES
Según se refiere en el art. 2 de la LSDMVLV,
Entidades que actúan contra la violencia de la mujer
Principio de transversabilidad
Profesionales colectivos que actuan en las entidades
Garantizar recursos
Personal capacitado
Sistema integral
PARTICIPACION DE LA SOCIEDAD, EDUCACION Y PREVENCION
Participación de la sociedad
Educación y prevención
Supremacía de esta Ley
Fuero
Preeminencia del procedimiento especial
Intervención de equipo interdisciplinario Artículo 13.
OBLIGACIÓN DEL ESTADO
Artículo 5.
DE LAS GARANTIAS PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS
Referidas en el art. 4 de la LSDMVLV,
DERECHOS PROTEGIDOS
Según se refiere en el art. 3 de la LSDMVLV. Esta ley abarca la protección de: