Derecho Internacional Publico

NOCIONES BÁSICAS SOBRE EL DIP

Definición

conjunto de normas, reglas y principios que regula el comportamiento de los estados y otros sujetos internacionales, mediante normas nacidas de fuentes internacionales especificas

Objeto del DIP

Asegurar la Pacifica convivencia, en un orden justo reglamentando las relaciones de la comunidad internacional

División del DIP

es Geográfica

Continental

Universal

Evolución Histórica

Antes de la Era Cristiana

1300 A.C se regían y celebraban tratados de paz y alianzas entre naciones, siendo los Chinos quienes inician las primeras relaciones Diplomáticas

Edad Antigua

Signados por los Imperios de Grecia Y Roma

Edad Media

Predominio del Feudalismo, Dominación de la Iglesia Católica

Edad Moderna

Se Produce el tratado de Westfalia en el 1648, creando el concepto de Extra territorialidad de sedes diplomáticas, y usándose el idioma francés como lengua de la Diplomacia.

Época Contemporanea

Siglo XX, de 1918 a 1919 con el tratado de Vrsalles, nace la Liga de las Naciones tras la primera Guerra Mundial

1939-1945 Nace la Organización de las Naciones Unidas (ONU) tras Segunda Guerra Mundial

Relacion Con el Derecho Interno

tomando en cuenta que ambos constituyen órdenes coercitivos,En un mismo Estado pueden coexistir normas jurídicas de derecho interno y de derecho internacional

Al tratar de determinar las relaciones del Derecho Internacional con el Derecho Interno, surgen dos teorías:

Doctrina Dualista

Plantea que tanto el DIP, como el Derecho Interno son Ordenanzas distintas, por lo cual, una Norma externa, no tiene Aplicabilidad si no se transforma en una norma Interna por medio de un Acto Legislativo.

Doctrina Monista

Plantea que el DIP como el Derecho Interno son un solo Sistema, el estado entonces, no puede desconocer Internamente las normas que ha Generado Externamente.

Fundamentos del DIP

Fuentes del DIP

Son aquellos medios disponibles, seleccionados por el DIP para que se produzcan normas que puedan regular la Actividad de los Estados o la Comunidad Internacional

Tipos

Principales o Autónomos

Aquella que por si misma tiene actitud para producir normas Jurídicas de DIP

Auxiliares o Heterónomas

son Aquellas fuentes que carecen por si mismas de aptitud para crear o producir normas Jurídicas de DIP

Costumbre Internacional

es la forma primaria, directa, autónoma y tácita de manifestarse el consentimiento de los Estados para la creación de normas jurídicas.

consiste en un proceso gradual y evolutivo de formación de reglas Jurídicas, formado por actos Autónomos y aislados pero uniformes

en la practica se recurre primero a los tratados por ser Derecho escrito, y luego a otras fuentes si las normas son Insuficientes

Elementos de la Costumbre

una practica constante y uniforme de los Estados

Dicha practica debe ser Jurídicamente Obligatoria

Tipos de Costumbre

universal

obliga a todos los Estados aún cuando éstos no haya participado en ella ni ayudado a su creación, a menos que desde el principio se hayan negado de manera permanente y persistente

Regional

Es aquella en la que sólo ha participado un grupo de Estados

Blateral

en dicha costumbre sólo existe la participación de dos Estados

Tratados

Consiste en un Acuerdo Internacional, Que Genera derechos y Obligaciones por escrito entre estados y que se rige por el Derecho Internacional Publico.

Fin de los Tratados

promover y proteger el respeto de los derechos humanos, la paz y la armonía entre los estados.

Clasificación

Existen Diversas formas de Clasificar los Tratados segun distintos autores

Según sea el tipo

• Políticos
• Comerciales

Según la Obligación que crea la Doctrina

• Tratado de Ley
• Tratados contratos
• Tratados regulatorios
• Tratados de Asociación

Con respecto a la forma de dar consentimiento para Obligarse

De debida forma

Expresada por el Jefe de Estado

De Forma Simplificada

Expresada por un funcionario Inferior al Jefe de Estado

Forma tradicional

Orden Formal

Tratados Multilaterales o Colectivos:

Es cuando las reglas son aceptadas por la mayoría de los estados, como por ejemplo la Convención de Viena.

Tratados Bilaterales:

que obligan a dos países

Orden Material

Tratados – contratos:

realización de un negocio jurídico (alianza de comercio, de limites, etc.), que engendra prestaciones reciprocas entre los estados, pero cada uno persigue objetivos diferentes.

Tratados Normativos

tienen por objeto formular una regla de derecho y se caracteriza porque la voluntad de todos los que firman tienen idéntico contenido.

Fases de los Tratados

Negociación

Las Partes Discuten propuestas

Firma

Ultimo requisito para fijar el texto final del Tratado

Aprobación

por Parte de la Asamblea, según Art. 154 de la CRBV

Promulgación

El ejecutivo determinara la oportunidad de su procedencia

Ratiificación

Por el Presidente de la República.

Órganos de política exterior de los Estados y relaciones internacionales:

Se divide en

Órganos centrales:

Jefe de Estado

es el único órgano supremo del mismo. Los demás órganos sólo lo asisten en sus funciones en el interior y lo representan en el exterior.

Ministro de Relaciones Exteriores

Por medio de este se mantienen las relaciones del Estado con las naciones extranjeras, recibe sus diplomáticos y concede el exequátur a sus cónsules, procede el nombramiento de los funcionarios diplomáticos y consulares en el exterior, mantiene correspondencia con el cuerpo diplomático, negocia tratados y vigila su cumplimiento, protege a los nacionales en el exterior, estimula los intereses económicos y comerciales en el extranjeroa

Órganos externos:

agentes diplomáticos

Los Agentes Diplomáticos son los representantes de un Estado en el extranjero, a los cuales, para el cumplimiento independiente de sus funciones se le reconocen ciertas prerrogativas.

Consulares

Esta representado por un funcionario del servicio exterior de un país, de carácter no político, da información y propaganda administrada, aduanas, notarial y registro político.

sus funciones tienen carácter notarial o de fe pública, y su firma equivale también a la de un notario, ademas,Expide y renueva pasaportes. Asiste y orienta a las personas de otro país en situación de emergencia. Cuida de los compatriotas detenidos o encarcelados y vigila la legitimidad de sus procedimientos judiciales.

Misiones Diplomáticas

El jefe de la Misión Diplomática tiene carácter representativo, porque lleva la palabra del Estado o de sus jefes.

Misiones Especiales

los cuáles son generalmente transitorios, negocian un asunto determinado, tienen las mismas jerarquías que las ordinarias y gozan de los mismos privilegios e inmunidades. Son designados para intervenir en congresos y conferencias internacionales.

Poseen

Inmunidad y privilegios diplomáticos y consulares.

El Convenio de Viena sobre relaciones diplomáticas de 18 de abril de 1961 reconoce -como parte del llamado estatuto diplomático los privilegios e inmunidades diplomáticos

Estos privilegios se conceden no en beneficio de las personas, sino con el fin de garantizar el desempeño eficaz de las funciones de las misiones diplomáticas en calidad de representantes de los Estados (arts. 22 a 39).

Todos los agentes diplomáticos gozan de los mismos derechos, prerrogativas e inmunidades, cualquiera que sea su categoría, salvo en materia de precedencia y etiqueta, para la cuál rige el principio establecido de la antigüedad en sus funciones.