El estado de derecho
El ejercicio del poder debe sujetarse a reglas que
garanticen los derechos humanos.
Universalidad
Los derechos humanos no pueden revocarse por
regímenes políticos, sociales o culturales.
Transnacionalidad
Los derechos humanos están por encima del estado,
por tanto no dependen de la nacionalidad o territorio.
Irreversibilidad
Una vez determinado y reconocido como inherente
a la persona, es totalmente irrevocable.
Progresividad
Siempre pueden aparecer más derechos humanos
dependiendo de las necesidades de la época.
Son universales.
No pueden ser arrebatados por la sociedad.
Están establecidos en la Declaración Universal de los Derechos humanos.
El gobierno
debe brindar condiciones de vida digna
educación
salud
trabajo
adecua el sistema jurídico acorde a ellos
debe respetarlos y garantizarlos
puede llegar a violarlos
Puede limitarlos en emergencias pero de maner justificada
Estricta necesidad
Proporcionalidad
Solo se limitan aquellas que sean necesarias par la emergencia
Tienen carácter temporal
Algunos derechos no pueden ser limitados por ningún motivo
Debe ser publicado en medios oficiales.
Internacionamente
Nace en la ONU
Su preocupación principal es el mantenimiento
de la paz y la seguridad y la hermandad entre países
Creando la Declaración Internacional
de Derechos Humanos en 1948
Consejo de derechos humanos
Previene abusos, desigualdad y discriminación.
Protegiendo a los más débiles.
Se reune en Ginebra diez semanas cada año
Participando 47 estados miembros
Está conformado por pactos y
convenciones
Dando origen a órganos llamados Cómites
1. Comité de Derechos Humanos
2. Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
3. Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial.
4. Comité de los Derechos del Niño
5. Comité contra la Tortura.
6. Comité de Protección de los Derechos de todos los trabajadores migratorios.
7. Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la mujer.
8. Comité de los derechos de las personas con discapacidad.
9. Comité contra la desapariciones forzadas.
Regionalmente
Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Está conformado por los países miembros de la OEA
Su función es velar por el respeto, realización y protección de derechos humanos en América
Se complementa con dos instancias independientes
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Está integrada por siete miembros elegidos por la OEA que se desempeñan de forma personal.
Realiza su trabajo en tres ejes:
1. Sistema de petición individual
2. Monitoreo de la situación de los derechos
humanos en Estados Miembros.
3. Atención a líneas temáticas prioritarias.
Corte Interamericana de derechos humanos
En 1969 en San José, Costa Rica se celebra la conferencia Intermericana de Derechos Humanos
Los miembros de la OEA redactan la Convención Americana sobre Derechos Humanos que entra en vigor en 1978
Abarca cualquier diferencia de trato por razones de
sexo que:
Perjudique a la mujer, sea o no de manera intencionada
Impida que la sociedad en conjunto reconozca los derechos de la
mujer en las esferas privada y pública;
Impida a las mujeres ejercitar sus derechos humanos y las libertades
fundamentales que les corresponden.
Incluyen disposiciones
fundamentales que tienen por objetivo promover y proteger los derechos
humanos de la mujer
La salud
Educacion
Participación política
Bienestar económico
No ser objeto de violencia
Luchan por igualdas salarisl e igualdad de condiciones
Luchan por el derecho al voto, la educación y el trabajo