Tipos de Contratación Laboral en Colombia
Contratos "especiales"

Modalidades de contrato

Según la forma

Contrato Verbal

Pacto verbal entre el empleador y el
empleado que consiste en acordar el tipo
de trabajo que se ha de realizar, donde se hará, cual sera el monto del salario y su forma de pago.

Contrato escrito

Acuerdo laboral escrito, dentro del cual se incluyen datos como; identificación y domicilio de las partes, lugar y fechas de celebración, lugar donde se prestara el servicio, naturaleza del trabajo, cantidad y forma de pago, duración del contrato (incluida la fecha de caducidad) y por ultimo las firmas correspondientes tanto de las pastes como de los testigos.

Según la duración

Termino fijo

inferior a un año, superior a un año. pero no mayor a tres años. se realiza por medio de contratación escrita y su termino se da tras el vencimiento del plazo fijo pactado.
puede ser renovado indefinidamente.

Termino indefinido

puede ser verbal o escrito. no limita su duración o tiempo de servicio por lo cual no tiene fecha de caducidad por lo cual permanecerá vigente siempre y cuando las causas de su origen estén vigentes.

Duración de obra o labor contratada

este tipo de contrato depende del tiempo requerido para la ejecución de la tarea o labor encomendada, la cual deberá estar consignada en un documento por escrito especificando el tipo de tareas que deberán ejecutarse.

Trabajo ocasional, accidental o transitorio

contrato de corta duración que no supera los 30 días de la prestación de un servicio o labor.

Contratos especiales de trabajo

CONTRATO DE APRENDIZAJE
C.S.T Articulo 81

"por el cual un empleado se obliga a prestar servicio a un empleador, a cambio de que éste le proporcione los medios para adquirir formación profesional metódica y completa del arte u oficio para cuyo desempeño ha sido contratado, por un tiempo determinado, y le pague el salario convenido."

Características

Articulo 82
pueden celebrar contrato de aprendizaje las personas mayores de 14 años que han completado sus estudios primarios, o demuestren poseer conocimientos equivalentes a ellos, en los mismos términos, y con las restricciones de que trata el Código del Trabajo.

Articulo 84
El contrato de aprendizaje debe celebrarse por escrito, y en caso contrario los servicios se entienden regulados por las normas del contrato de trabajo.


Articulo 86: De las Obligaciones especiales del empleador
.dentro de las cuales se encuentran; Facilitar todos los medios al aprendiz para que reciba formación profesional metódica y completa del arte u oficio materia del contrato, pagar al aprendiz el salario pactado según la escala establecida en el respectivo contrato, tanto en los períodos de trabajo como en los de enseñanza, y una vez cumplido satisfactoriamente el término del aprendizaje, preferirlo en igualdad de condiciones para llenar las vacantes que ocurran relativas a la profesión u oficio que hubiere aprendido.

Estipulaciones Esenciales
Articulo 83

El contrato de aprendizaje debe contener, cuando menos, los siguientes puntos:

1. Nombre de la empresa o empleador.
2. Nombres, apellidos, edad y datos personales del aprendiz.
3. Oficio que es materia del aprendizaje, programa respectivo y duración del contrato.
4. Obligaciones del empleador y del aprendiz, y derechos de éste y aquél.
5. Salario del aprendiz y escala de aumentos durante el cumplimiento del contrato.
6. Condiciones de trabajo, duración, vacaciones y períodos de estudios.
7. Cuantía y condiciones de la indemnización en caso de incumplimiento del contrato.

. Firmas de los contratantes o de sus representantes.

Duración
Articulo 87

1. El contrato de aprendizaje no puede exceder de tres años de enseñanza y trabajo, alternados en períodos sucesivos e iguales, para ningún arte u oficio, y sólo podrá pactarse por el término no previsto para cada uno de ellos en las relaciones de oficios que serán publicados por el Ministerio del Trabajo.

2. El contrato de aprendizaje celebrado a término mayor del señalado para la formación del aprendiz en el oficio respectivo, se considerará, para todos los efectos legales, regido por la normas generales del contrato de trabajo en el lapso que exceda a la correspondiente duración del aprendizaje de ese oficio.

3. El Ministerio de Trabajo publicara periódicamente la lista de las profesiones u oficios que requieran formación profesional metódica y completa, determinando los períodos máximos de duración de los respectivos contratos para cada uno de aquéllos.

Remuneración

El tipo de pago o salario se conoce como auxilio de sostenimiento y depende completamente de un convenio entre ambas partes, donde el estudiante no tiene prestaciones sociales. El valor de la remuneración depende de si el practicante es universitario o no, de ser universitario tiene derecho a un salario que debe ser superior o igual al mínimo y si el practicante no es universitario tendrá como base de pago un salario por debajo del mínimo.

CONTRATO DE TRABAJO CON DETERMINADOS TRABAJADORES.

Capitulo I
Trabajo a domicilio

Articulo 89
Contrato de Trabajo
Hay contrato de trabajo con la persona que presta habitualmente servicios remunerados en su propio domicilio, sola o con la ayuda de miembros de su familia por cuenta de un {empleador}

Contratos Para menores de edad

este tipo de contrato especial esta diseñado para aquellos adolescentes que trabajan por cuenta propia o ajena.

Jornada o duración

depende de la edad del menor, en ese sentido:

De 14 a 16 años:
máximo 4 horas al día y 24 a la semana
De 16 a 18 Años:
máximo 6 horas al día y 36 a la semana

Salario

no inferior al 60% del mínimo legal vigente

Contrato de trabajo con profesores de establecimientos particulares de enseñanza

El Código Sustantivo del Trabajo establece una regulación especial para el contrato de trabajo realizado con las entidades particulares de enseñanza, como son colegios, institutos y hasta universidades privadas.

Vacaciones y cesantías

se entiende que el trabajo del año escolar equivale a trabajo en un año de calendario. en ese sentido:

vacaciones

serán las mismas vacaciones escolares siempre que estas no sean inferiores a los 15 días hábiles, pues de lo contrario, el establecimiento educativo tendrá que otorgarle los días que faltaren para completar los 15 días hábiles que por ley debe descansar un trabajador.

cesantias

aunque se trabajen 10 meses, para efecto del cálculo de las cesantías se tomarán los 12 meses.

Contrato público de trabajo con los conductores de servicio La vinculación de los conductores de servicio público

contrato de trabajo verbal o escrito entre el conductor y la empresa operadora del servicio de transporte.

Ley 15 de 1959
Artículo 15

Salario

Este sera acordado por las partes y no debe ser inferior al mínimo legal vigente .
para efectos del pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones, las empresas y los propietarios de los vehículos, sean socios o afiliados, serán los responsables.

Características Especiales

-Las empresas de transporte público están obligadas a vigilar y constatar que los conductores cuenten con la licencia de conducción vigente y apropiada para el servicio, así como su afiliación al sistema general de Seguridad social según lo prevean las disposiciones vigentes sobre la materia.
-Los conductores destinados al Servicio público de transporte serán contratados directamente por la empresa operadora de transporte, quien será responsable junto con el propietario del vehículo de todo lo que requiera el conductor frente a su salud y seguridad.

Contrato de trabajo a domicilio El contrato de trabajo a domicilio

es un tipo de contrato muy especial contemplado por el Código Sustantivo del Trabajo, el cual permite que una empresa pueda contratar a una persona para que desde su casa y con el apoyo de su familia si es necesario, realice las labores encomendadas.

Artículos 89 a 93 del C.S.T

La empresa debe suministrar al trabajador las materias primas y demás elementos necesarios para que el trabajador pueda desarrollar su trabajo.

Características especiales

Los materiales que se entreguen al trabajador deben estar claramente especificados y valorados, datos que deberán consignarse en una libreta o documento.

Tipo de contrato

En el contrato se debe especificar la forma y el monto del salario, teniendo en cuenta que en este tipo de contrato, por lo general se trata de trabajo por unidad de obra o destajo.

Salario

según la Corte Suprema de Justicia a este tipo de trabajadores los cobija el salario mínimo.
El contrato a domicilio como todo contrato de trabajo cobija al trabajador con todos los beneficios (prestaciones sociales, seguridad social y aportes parafiscales.

Contrato de trabajo en trabajadores del servicio doméstico

Se entiende como servicio doméstico el desarrollo de actividades propias del hogar como son aseo, limpieza, preparación de alimentos, lavado y planchado de ropa, atención de niños y cualquier otra actividad relacionada con el hogar del empleador.

Tipo de contrato

Un contrato de trabajo de servicio doméstico tiene las mismas características, obligaciones y derechos que cualquier otro contrato de trabajo.
Este tipo de contrato puede ser verbal o escrito, a término fijo o a término indefinido.

Jornada de trabajo

- La jornada no puede exceder de 10 horas diarias.
- Tiene derecho a descansos dominicales y festivos

.Salario

- El salario de un trabajador del servicio doméstico no puede ser inferior al mínimo legal vigente.
- Puede ser pagado en dinero, o una parte en dinero y otra en especie. En el caso en que se pague en especie, esta no puede ser superior al 30% del total del salario.
-tiene derecho a descansos remunerados, a recargos nocturnos, dominicales y festivos.
- Auxilio de transporte.
- Para los trabajadores del servicio doméstico que no viven en la casa del empleador, la jornada de trabajo máxima legal será de 8 horas diarias y su exceso serán horas extras.

Artículo 101 C.S.T

Duración del contrato de trabajo

contrato celebrado por el año escolar.
La norma menciona que la duración de este tipo contratos es de un año escolar, el cual es inferior al año calendario, puesto que las vacaciones estudiantiles son amplias tanto al finalizar el año como al iniciarlo.sin embargo, las partes pueden pactar una duración mayor o menor al año escolar.

Tipo de contrato

Es un contrato a término fijo, un término que deben señalar las partes y que si ellas no lo indican lo fija la ley. No se trata de un contrato sometido a condición extintiva porque la terminación del año escolar es un hecho futuro más no incierto.

Salario

Este debe ser acordado por las partes y no sera inferior al mínimo legal vigente.

«El contrato de trabajo verbal o escrito, de los chóferes asalariados del servicio público, se entenderá celebrados con las empresas respectivas, pero para efecto de pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones, las empresas y los propietarios de los vehículos, sean socios o afiliados, serán solidariamente responsables».