Delitos Contra el Honor de las personas

DIFAMACION

Elementos

La divulgación de las calumnias o injurias, pudiendo ser cualquier medio por el que se haga llegar la ofensa al círculo social del sujeto pasivo, generando odio o descrédito, dañando el honor y dignidad del ofendido.

Sanciones

Prisión de cuatro meses a dos años y
multa de cincuenta a doscientos quetzales.

Articulo

ARTICULO 159. Código Penal

Excepciones

Artículo 166. Excepciones. No incurre en delito de calumnia, injuria o difamación, siempre que no haya obrado por interés o con ánimo de perjudicar: Quien manifestare técnicamente su parecer sobre alguna producción literaria, artística o científica.

PUBLICACION DE OFENSAS

Elementos

Quien a sabiendas reprodujere por cualquier medio, injurias o calumnias inferidas por otro

Sanciones

Será sancionado como autor de las mismas de dos a cinco años.

Articulo

ARTICULO 165. Código Penal

Excepciones

No tiene

CALUMNIA

Elementos

Alegorías, dibujos, caricaturas, fotografías, emblemas, alusiones o cualquier otro medio similar a los anteriores

Sanciones

Prisión de cuatro meses a dos años y una multa de cincuenta a doscientos quetzales.

Articulo

Articulo 150. Código Penal

Excepciones

Artículo 166. Excepciones. No incurre en delito de calumnia, injuria o difamación, siempre que no haya obrado por interés o con ánimo de perjudicar: Quien manifestare técnicamente su parecer sobre alguna producción literaria, artística o científica.

INJURIA

Elementos

Toda expresión o acción ejecutada en deshonra, descrédito o menosprecio de otra persona

Sanciones

Prisión de dos meses a un año

Articulo

Artículo 161. Código Penal

Excepciones

Artículo 166. Excepciones. No incurre en delito de calumnia, injuria o difamación, siempre que no haya obrado por interés o con ánimo de perjudicar: Quien manifestare técnicamente su parecer sobre alguna producción literaria, artística o científica.