TÍTULOS,CRÉDITO Y ÁMBITO MERCANTIL

características,elementos personales y esenciales de los títulos

Los títulos de crédito tienen siete características o principios generales a saber: La integración, la incorporación, la legitimación, la literalidad, la autonomía, la abstracción y la sustantividad.

a) La integración

Consiste en que en el título de crédito deben constar textualmente todos los actos cambiarios exigidos o autorizados por la ley. En otras palabras, todos los actos relativos al mismo deben incluirse en él.

b) La incorporación

El derecho es consustancial al documento y está indisolublemente unido a él desde el momento en que se cumplen los requisitos solemnes señalados por la Ley, se opera una transformación y se eleva el documento o simple pedazo de papel a la categoría de título de crédito o título valor.

c) La legitimación

Es la característica que tiene el título de crédito, según la ley de su circulación, de facultar a quien lo posee para exigir del suscriptor o endosante en su caso, el pago de la prestación en él consignada y de autorizar al obligado a solventar válidamente su deuda a favor del tenedor. En caso de que dicha deuda no sea cumplida voluntariamente por el obligado, por el que suscribió o endosó el título, es evidente que el poseedor de éste podrá exigir el cumplimiento en forma coactiva mediante la intervención de las autoridades judiciales correspondientes.

d) La literalidad Literalidad significa simple y sencillamente que lo escrito en el texto del documento es lo que constituye el derecho: el que lo suscribe se obliga a pagar tal día la cantidad de tantos colones al señor fulano de tal en tal plaza; esa es la pauta, medida y alcance de la obligación; y el que legítimamente, adquiere el título, tiene exactamente el derecho literal en él consignado.

e) La autonomía

El título de crédito endosado, destinado a circular y puesto ya en circulación, es independiente y autónomo respecto del negocio que le dio origen y lo que vale y obliga es únicamente lo que está inserto en el mismo.

f) La abstracción

Consiste en la inoponibilidad de excepciones y defensas derivadas del negocio casual de un título de crédito contra cualquier tenedor de buena fe que no esté con aquél.

9) La sustantividad

Por sustantividad de los títulos de crédito debemos entender dos cosas: primera, que en virtud de este principio, llamado también de independencia, todos y cada uno de los actos integrados en un título valen en sí y por sí mismos con independencia recíproca; y segunda, que los títulos tienen en sí mismos vida jurídica plena, por lo que bastándose a sí mismos no necesitan, ni pueden ni deben integrarse a ningún otro documento; sin embargo este segundo aspecto del principio de sustantividad admite algunas excepciones.

¿que son los títulos de créditos?

Documentos mercantiles que contienen actos de comercio y que conceden a su titular la facultad de ejercitar las acciones que deriven a su literalidad

títulos nominativos

implican su expedición a favor de une persona determinada en el propio documento

títulos al portador

pueden hacerse valer por cualquier persona que lo tenga en su poder

operaciones de crédito

Las operaciones de crédito son negociaciones financieras que importan recibir o prestar dinero por parte de las entidades financieras de los clientes o a los clientes, respectivamente.