El nacimiento del Derecho también es de naturaleza controvertida, escindiéndose los autores en dos posturas:
El Derecho nace como reparación a una ofensa física o moral que una persona inflige a otra.
El Derecho nace para regular la indemnización debida por el incumplimiento de una palabra dada.
La historia del derecho se ocupa de la «historia de la formulación, aplicación y comentarios del derecho, y la historia de las instituciones sociales reguladas por él.De esta manera, se integra la historia del mundo del derecho, obtenida de los textos jurídicos, y la historia de las instituciones, bien sean públicas o privadas. La naturaleza propia de la historia del derecho como disciplina hace que haya de situarse entre otras dos grandes ramas del saber, como son la historia y el derecho, habiéndose llegado a afirmar que el historiador del derecho posee una doble ciudadanía, siendo considerado buen historiador entre los juristas y buen jurista entre los historiadores.
Lo ocurrido en la segunda guerra mundial y sobre todo, los interrogantes que se abrieron ante la necesidad de sancionar a los jefes Nazis, impuso la necesidad de una respuesta que superara el debate ya milenario, entre iusnaturalismo y positivismo, Radbruch, tal vez el primero, en las segunda mitad del siglo XX en aportar elementos para una tercera vía, la que se ha denominado en la academia. Positivismo Metodológico. A partir de allí se han abierto nuevos caminos que entienden el derecho como doctrina del arte de comprender o hermenéutica jurídica, que busca una decisión o pronunciamiento esencialmente creativo, complementario y perfeccionador del derecho. O un sistema abierto, en contra del iusnaturalismo y del positivismo, que se consideran sistemas cerrados. Es la teoría de la argumentación que hace admisibles todos los argumentos en la esfera del discurso racional. O la llamada Principalística, que hace énfasis en los Principios como normas que hacen parte del Ordenamiento.