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par JULIANA MIRANDA ROCHA Il y a 6 années

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MIGRACIONES Y SUS CONPECTOS JURIDICOS ELEMENTARES

El texto aborda diversas facetas del Derecho Internacional relacionadas con la protección de personas en situaciones de migración y refugio. Se mencionan instrumentos clave como los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos adicionales, que establecen normas para la protección en conflictos armados.

MIGRACIONES Y SUS CONPECTOS JURIDICOS ELEMENTARES

Teorías de las Migraciones Internacionales

Perspectiva Histórica Estructural

Push-Pull

Teoria Neoclásica

Perpetuación de los Movimientos Migratorios

Principos de la Protección Internacional

Burden-sharing

Interés superior del niño(a)

No discriminación

Non-refoulement

No detención arbitraria

Confidencialidad

No sanción por ingreso irregular

Unidad familiar

ZONA GRIS

Visto Humanitário

Creado por Brasil para los inmigrantes haitianos una vez que, en general no se otorgar la protección internacional del refugio a estos ciudadanos en Brasil.

Protección Subsidiaria

Directiva 2011/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo para proteger algunas personas que no cumplen los requisitos tradicionales del refugio.

Refugiados de Facto

Concepto de la Iglesia Católica (Consejo Pontificio Cor Unum, y Consejo Pontificio para el Cuidado Pastoral de Emigrantes y Personas - 1992). Ampliación de la protección a las personas que quedan fuera de la protección del Derecho Internacional por no cumpliren con los requisitos previstos en los instrumentos jurídicos.
Víctimas de conflictos armados, de políticas económicas erróneas o de desastres ambientales; personas desplazadas internamente (PDI)

ACNUDH

ACNUR

UNODC

Derecho Internacional Público

Derecho Int. Humanitário (Los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos adicionales)

Derecho Internacional de los DH

Migraciones Voluntarias

Otras categorias migratorias
Expatriado
Migrante Economico
Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares - 1990

Derecho Internacional de los Refugiados

Declaración de Cartagena 1984

Refugiada es la persona que no puede ni quiere regresar a su país debido a una amenaza a su vida, libertad o seguridad, en razón de violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de DH y grave perturbación del orden público.

Aportes de la Comisión y de la Corte Interamericana de DH

La comisión y la Corte empezaron a utilizar el concepto extendido de la OUA en sus opiniones y fallos.

OUA - Convención de la Organización de la Unidad Africana - 1969

Refugiada es la persona que esta obligada a abandonar su residencia habitual por causa de una agresión exterior, una ocupación o una dominación extranjera, o por causa de acontecimientos que perturben el orden público.

Convención de 1951 - Estatuto de los Refugiados y Protocolo 1967

Concepto Clasico: Persona que no puede o no quiere regresar a su país de origine porque tiene un fundado temor de persecución en razón de su raza, religión, nacionalidad, grupo social u opinión política.

EL INTENTO JURÍDICO DE SISTEMATIZACIÓN DE LAS MIGRACIONES