Órganos Autónomos de la Función Judicial

Órganos Autónomos de la Función Judicial

Definición de Función Judicial

Definición de Función Judicial

La Función Judicial es una de la principales Funciones del Estado Ecuatoriano que solo tiene la capacidad de Administrar Justicia y que se cumplan lo estipula en la constitución y en la
ley no tendrá la facultas de entrar en materia como la función Legislativa en la creación de leyes o en la función Ejecutiva que es precedida por el Presidente de la Republica, o la función de Transparencia y Control Social que su función es controlar actos de corrupción, o la función Electoral que se la relaciona en la participación de la ciudadanía en la votación electoral , determinaríamos así que tiene solo esa facultad de justicia como tal.

Fiscalía General del Estado

Fiscalía General del Estado

De acuerdo a la Constitución (art. 194), la Fiscalía General del Estado es un órgano autónomo de la Función Judicial, único e indivisible el cual funciona de forma desconcentrada y tiene autonomía administrativa, económica y financiera. El fiscal General es su máxima autoridad y representante legal y actuará con sujeción a los principios constitucionales, derechos y garantías del debido proceso.

Su misión es de dirigir la investigación preprocesal y procesal penal, procurando el acceso a la justicia con sujeción a los principios de oportunidad y mínima intervención penal, con especial atención al interés público y a los derechos de las víctimas.

Funciones

Se encarga tanto de dirigir como de coordinar las actuaciones de la Policía Judicial en las indagaciones previas en las etapas del proceso penal

Dirige o promueve, la investigación pre procesal y procesal penal.

Garantiza la intervención de la defensa de los imputados o procesados, en las indagaciones previas y las investigaciones procesales por delitos de acción pública.

Dirigir, coordinar y supervisar las funciones de intercambio de la información y pruebas sobre nacionales o extranjeros implicados en delitos cometidos en el exterior.

Dirigir y coordinar el Sistema Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses que contará con la ayuda de organismos gubernamentales y no gubernamentales.

Conceder y revocar las correspondientes habilitaciones o acreditaciones, al personal de la Policía Judicial

Expedir en coordinación con la Policía Nacional los manuales de procedimiento y normas técnicas para el desempeño de las funciones de la Policía Judicial.

Apoyar técnicamente a las personas que hacen sus prácticas pre profesionales en la Fiscalía General del Estado

Organizar y dirigir el sistema de protección de víctimas, testigos y otros participantes del proceso penal

Defensoría Pública

Defensoría Pública

La Defensoría Pública del Ecuador es un órgano autónomo de la Función Judicial, con autonomía económica, financiera y
administrativa, cuyo mandato constitucional (artículo 191) es garantizar el pleno e igual acceso a la justicia de las personas que, por su estado de indefensión o condición económica, social o cultural, no puedan contratar los servicios de defensa legal para la protección de sus derechos.

Su misión institucional es “defender gratuitamente a las personas en condición económica, social y cultural de vulnerabilidad o en estado de indefensión, garantizando su acceso a la justicia, un juicio justo y el respeto de los derechos humanos.

Funciones

Atiende peticiones individuales o colectivas relacionadas con amenaza o vulneración de los Derechos Humanos.

Emite medidas de Cumplimiento Obligatorio encaminadas a proteger el ejercicio pleno de estos derechos.

Emite pronunciamientos Públicos cuando existe vulneración de los derechos mencionados.

Establece responsables, recomienda acciones para frenar el acto violatorio y restituye los derechos vulnerados.

Patrocina a las personas, pueblos, comunidades, colectivos, etc. en la interposición de garantías jurisdiccionales.

Acciones de Protección por la vulneración de los derechos constitucionales.

Hábeas Corpus para recuperar la libertad por detenciones ilegales, arbitrarias o ilegítimas.

Hábeas Data para acceder a la información personal que se encuentra en entidades públicas o privadas.

Acceso a la Información Pública como un derecho ciudadano.

Acción por Incumplimiento para garantizar que se apliquen las normas del sistema jurídico.

Acción Ciudadana para demandar colectivamente el respeto de los derechos.

Reclamos por mala calidad o indebida prestación de los servicios públicos o privados.

FGE y Defensoría Pública

FGE y Defensoría Pública

El tercer inciso del artículo 191 de la Constitución determina que la Defensoría Pública es indivisible y funcionará de forma desconcentrada con autonomía administrativa, económica y financiera; y, contará con recursos humanos, materiales y condiciones laborales equivalentes a las de la Fiscalía General del Estado.