Naturaleza Jurídica y Valor probatorio informes de Sistema Nacional de Control

Para una correcta identificación de responsabilidades funcionales: Se tiene 3 planos de evaluación jurídicamente.

1. Analizar la infracción de la ley y/o de las disposiciones legales internas de la entidad.

Por ejemplo, si tengo un procedimiento de ejecución de gasto público, como un proceso de exoneración por desabastecimiento inminente; la Ley de Contrataciones me da un parámetro, bajo el cual el operador administrativo tiene que operar.

A la vez, dentro de esa entidad, existe un reglamento de organización y funciones que dicta las competencias de cada unas de las áreas que lo compone. En el caso del manual de organización y funciones, establece qué hace cada funcionario o cada servidor de modo puntual.

A veces existen directivas de manejos internos. Por ejemplo, en el sector salud existe una directiva e incluso un sistema logístico, tengo entendido.

Entonces, el primer plano de evaluación para identificar estas responsabilidades es partir por analizar la norma y las disposiciones legales de la entidad, si estas han sido infringidas.

2. Determinar el modo de cómo se incurre en esta responsabilidad; ya sea por acción, por omisión o por fraude de la ley

Por acción es hacer algo contrario a lo que dice la norma

por omisión es un no hacer pese a una obligación dictada en la ley la cual el servidor público no cumple en la cual ocasiona un perjuicio al estado.

Estructura Metodológica.

Se rigen con principios de legalidad, materialidad y causalidad (demuestra que el funcionario público que no solo podía realizar la acción que libera de su responsabilidad sino también podía hacerlo de acuerdo a la norma – reto que tiene el sistema de control en emitir sus informes para que la prueba que contenía en el cuerpo técnico documentario tenga total realce

El informe de Control en la Ley orgánica del sistema nacional de la CGR Y SNC, se define como al Acción de control es la herramienta por excelencia del control gubernamental de conjunto de procedimientos bajo el cual una comisión de auditoria previamente identificada ante la entidad ejerce acciones de control en sus diferentes modalidades.

Reglas de Calificación Responsabilidades.

Regla de independencia de responsabilidad

en administrativamente, penal y civil son independientes una de cada una –Criterio de Independencia de las presuntas responsabilidades administrativas civiles y penales.

Regla de Independencia penal.

cuando se identifica responsabilidades civiles y penales quienes van a meditar y valorar es el ministerio publica en penales para que emita el criterio de justicia basadas en pruebas, cuando se trata de una responsabilidad administrativa funcional con la ley 29 622 le procesa la CGR a partir del 2011

Que va desde 180 días de suspensión hasta 5 años de inhabilitación dependiendo de la naturaleza de la infracción.

Naturaleza Jurídica y Valor probatorio informes de Sistema Nacional de Control

Ley Orgánica dice que es prueba pre constituida

Ley 29622 dice que da la potestad sancionadora a la CGR y es como prueba suficiente para el inicio de sancionar administrativamente

Ley 30214 de define como calidad de pericia extraprocesal

La ley 27785 le da una calidad de prueba pre -constituida

Fundamento de porque tiene que ser de una persona natural.

Existencia

de

una relación jurídica de cualquier índole.

una relación jurídica de cualquier índole.

capacidad de representación de una persona natural.

Las responsabilidades que a futuro se determina de una acción de control deben ser individualizadas.

Para los fines de control gubernamental cual es el alcance a la función pública, es importante para ver quienes están bajo su potestad.

Ejemplo

a) Poder Judicial

b) Poder Legislativo

Existe la capacidad de respeto de independencia de poderes pero el sistema de control gubernamental considera a toda la parte operadora administrativa que conforma los poderos públicos más aun en el manejo de recursos del estado.

A) Control Previo:

Definición

Ejemplo

Aprobación de lo adicionales de obra que se rige bajo la ley de contrataciones con el estado, la cual establece porcentajes de concepto de adicionales obras y servicios, existen procedimiento en los cual debe haber una opinión previa de la CGR.

B) Control Simultáneo

Definición

es aquel tipo de control gubernamental que se hace durante la ejecución de la operación

Ejemplo

Proceso Licitario a nivel de autos preparatorios, (siguiendo 3 fases: actos preparatorios, proceso de selección y ejecución contractual) en auto preparatorios se puede constituir una comisión de contraloría verificar la regularidad de cómo se van haciendo el detracto administrativo y si se detecta algo que va contra la normativa el sistema permite advertir estos riesgos dentro de una política preventiva del control gubernamental.

C) Control Posterior:

Definición

es donde emana informes de control gubernamental, tiene 3 vertientes:opic

1. Auditoría Financiera: es una evaluación de estados financieros.

2. Auditoria de Desempeño: tiene que ver con los resultados de la ejecución de políticas publicas

3. Auditoria de Cumplimiento: se identifican las responsabilidades administrativas civiles y penales.

COCLUSIONES

- El SNC, es un sistema administrativo especial autónomo y está constituido por normas, procedimientos y órganos preestablecidos y que el ente rector es CGR

- Desde punto de vista legal que su naturaleza jurídica de los informes de control

- En el campo penal se dice que es pericia institucional extra procesal y en plano de procedimiento administrativo sancionador de acuerdo a la ley 29622 lo catalogo como como prueba suficiente para poder imputar responsabilidad administrativamente funcional y una sanción que va desde 180 días hasta la inhabilitación de 5 años.

- En el plano civil se dice que es una prueba pre – constituida