LEY 1618 DE 2013
La cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.
TITULO 1- OBJETIVO
Garantizar y asegurar el ejercicio efectivo los derechos de las personas con discapacidad.
adopción de medidas de inclusion
hacer ajustes razonables en la sociedad.
TITULO 2- DIFINICIONES Y PRINCIPIOS
Tendrá la participación plena y efectiva de sus derechos al igual que los demás ciudadanos, sin importar sus dificultades mentales o físicas.
Es el proceso que le asegura a la persona con discapacidad gozar de las mismas oportunidades que los demás poseen, permitiéndole una mejor calidad de vida.
Acciones y medidas que busquen eliminar o mitigar la desigualdad que les afecte.
Adaptar el entrono para la accesibilidad de esta poblaccion a zonas o lugares comunes.
Cualquier tipo de obstáculo que impida el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con algún tipo de discapacidad. Estas pueden ser:
Actitudinales
Comunicativas
Físicas
Rehabilitación integral
Rehabilitación funcional
Enfoques diferenciales
Redes nacionales y regionales de y para personas con discapacidad.
TITULO 3- OBLIGACIONES DEL ESTADO Y LA SOCIEDAD
Promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales para todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente
Promover, difundir, respetar, velar, visibilizar el ejercicio correcto de los derechos de esta población.
Asumir una responsabilidad compartida por la eliminación de las barreras de desigualdad
Denunciar cualquier acto de exclusión, discriminacion o segregacion de la poblacion discapacitada.
TITULO 4- MEDIDAS PARA LA GARANTIA DEL EJERCICIO EFECTIVO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Derechos de las niñas y niños con discapacidad para esto se implementan políticas estrategias y programas con el fin de mejorar el bienestar y así gocen de esos en igualdad de condiciones
Acompañamiento de la familia es una medida de inclusión de las personas, desde el ámbito comunitario brindándole apoyo a las personas con discapacidad
Derecho a la habilitación y rehabilitación integral para que este pueda lograr máxima autonomía e independencia
Derecho a la salud para que estas puedan acceder de manera inmediata a los servicios necesarios para su bienestar.
Derecho a las educación, donde el ministerio de educación brinda herramientas fundamentales para el desarrollo integral y cognitivo.
Derecho al trasporte, donde estas zonas cuenten con los espacios e indicadores de para el fácil acceso.
Derecho al trabajo con igualdad de posibilidades en todos los términos
Derecho a la cultura, el Ministerio de cultura y Coldeporte tienen el deber de velar por la participación de estos en las distintas actividades realizadas.
Derecho a la participación política, permitiéndoles trabajar en las estrategias, planes y programas para el mejoramiento de las medidas de las que son parte dicha población.
TITULO 5- DISPOSICIONES FINALES
Adición legislativa
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Reglamentación de la ley
Promocion, proteccion y supervision
Sanciones