Sociedades Mercantiles.

Transformacion

Se da cuando se requiere modificar algo escencial

Nombre

Número de socios

Objeto social

Capital

todo esto debe hacerse ante el notario o corredor público.

Para que una S. en N.C. se transforme enuna S. de R.L., es necesario

Que no concurran más de 50 socios, entre otras cosas.

Para que la S. de R.L. se transforme enuna S.A., es necesario:

1º. Que existan dos socios por lo menos.

2º. Que cada socio suscriba una acción, por lo menos, etc.

Se define como el cambio jurídico de especie de una sociedad mercantil.

es un fenómeno jurídico por medio del cual una Sociedad Mercantil cambia su estructura originaria por otra de las reconocidas por la legislación, conservando su personalidad jurídica inicial.

Fusion

unión de dos sociedades dando origen a una nueva, y su fundamento se encuentra establecido en el Artículo 343 y siguientes C.Com

Disminuir los intereses de capital ajeno

Aumentar los ingresos de las sociedades que se fusionan

Aumentar la productividad de la empresa

Disminuir los costos de produccion

Disminuir los costos de distribucion

PRINCIPALES CAUSAS POR LAS QUE LAS SOCIEDADES DECIDEN FUSIONARSE

Disolucion

La sociedad mercantil será disuelta cuando en presencia de cualquiera de las causas previstas en la ley o en los estatutos, inicie un proceso que culmine con su extinción como ente jurídico, previa liquidación que de la misma se realice.

Expiración del término establecido para su duración.

Total: sucede cuando llegua el tiempo de duración establecido en el contrato de sociedad o por una quiebra

Parcial: se da por la exclusion o separacion de socios

Puede ser:

falta o cesación del objeto de la sociedad

Cumplimiento de ese objeto.

Quiebra de la sociedad aunque se celebre convenio.

Pérdida entera del capital o por la parcial

Decisión de los socios.

Causales de Disolución.

Incorporación a otra sociedad.

Liquidacion

Obtener del Registro Público de Comercio la cancelación de la inscripción del contrato social.

Practicar el balance final de la liquidación.

Liquidara cada socio su haber social.

Vender los bienes de la sociedad.

Cobrar y Pagar lo que se deba.

Concluir las operaciones sociales.

LOS LIQUIDADORES TENDRÁN LAS SIGUIENTES FACULTADES:

Está constituida por todas las operaciones posteriores a la disolución, que son necesarias y precisas para dar fin a los negocios pendientes, pagar el pasivo, cobrar los créditos y reducir a dinero todos los bienes de la sociedad, para repartirlo entre los socios.