Los aprovechamientos por concepto de multas impuestas por
infracciones a las disposiciones legales o reglamentarias que no sean de
carácter fiscal, podrán ser destinados a cubrir gastos de operación e inversión
de las dependencias encargadas de aplicar o vigilar el cumplimiento de las
disposiciones cuya infracción dio lugar a la imposición de la multa.
Los productos señala que éstos son las contra prestaciones por los servicios que
presta el Estado en sus funciones de derecho privado, así como por el uso,
aprovechamiento o enajenación de bienes de domino privado